Fuera de plazoSubvenciones

Programa de actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial

Por 12 septiembre 2019marzo 6th, 2020Sin Comentarios

Título

Programa de actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial

Descripción

Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva ayudas para actuaciones de eficiencia energética en pyme y gran empresa del sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética contribuyendo a conseguir los objetivos de reducción del consumo de energía final fijados en la Directiva 2012/27 UE.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 12/09/2019 hasta 31/12/2019

Beneficiarios

Siempre que tengan domicilio social o centro de trabajo en Galicia:
 
a) Empresas que tengan la consideración de pyme o gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 comience por la División de la 07 a 39, excluidas las que comiencen por la División 12 y 34, siempre que tengan su residencia fiscal o un establecimiento permanente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
 
b) Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser destinatarias últimas de las ayudas, estas empresas deberán actuar en función de un contrato de servicios energéticos con alguna de las empresas que se indican en el apartado a), repercutiendo, en todo caso, la ayuda prevista en este programa a la empresa donde se ejecute el proyecto.

Requisitos principiales del Proyecto
Las ayudas se destinarán para las siguientes actuaciones:

Medida 1: mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Medida 2: implantación de sistemas de gestión energética.
 
La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 100.000 euros por actuación para la medida 1, Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, y de 50.000 euros por actuación en el caso de la medida 2, Implantación de sistemas de gestión energética. En ambos casos IVA no incluido.
 
El plazo de ejecución de los proyectos subvencionables se iniciará una vez se tenga efectuada la solicitud de ayuda ante esta entidad y finalizará en el plazo previsto en el artículo 21 de esta convocatoria no pudiendo la ejecución de las actuaciones en ningún caso exceder de 31 de diciembre de 2023.
 
Inversiones y gastos subvencionables
Medida 1: Inversiones en sustitución de equipos e instalaciones así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía fianl y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales.

Medida 2: Inversiones para implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales. Debe comprender las actuaciones necesarias tanto a nivel de medición de las variables de consumo de energía, como para la instalación de los elementos de regulación y control de los parámetros de proceso e implementación de los sistemas informáticos para análisis, regulación y control, así como para el funcionamiento óptimo de la instalación, reducción de los consumos de energía final y de costes, disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, necesaria para la gestión energética de la instalación.

Cuantía de las ayudas:

El 30% de la inversión