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Subvenciones para proyectos de energías renovables térmicas, para el año 2019, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Por 27 abril 2019marzo 6th, 2020Sin Comentarios

Título

Subvenciones para proyectos de energías renovables térmicas, para el año 2019, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Descripción

Apoyo a proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán la instalaciones para la generación de energía térmica mediante equipamientos que utilicen biomasa como combustible y otras instalaciones de energías renovables que utilicen como fuente energética la geotermia, la aerotermia y la solar térmica.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 27/04/2019 hasta 28/05/2019

Beneficiarios

a) Las entidades locales de Galicia y entidades de ella dependientes.
b) Las entidades sin ánimo de lucro.
c) Empresas legalmente constituidas y autónomos.
Requisitos principiales del Proyecto
Las empresas deberán cumplir con el criterio de autonomía y demás requisitos que se establecen en el anexo I de la Legislación general de exención por categorías.
Los requisitos para obtener la condición de beneficiarios se deberán cumplir, como muy tarde, en la fecha límite de final del plazo de presentación de solicitudes.
Las entidades sin ánimo de lucro no podrán disolverse hasta que transcurra el plazo de prescrición previsto en los artículos 35 y 63 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Con el objetivo de garantizar el máximo aprovechamiento energético del combustible y minimizar las emisiones de substancias contaminantes a la atmósfera, los equipamentos de generación de calor deberán ser instalaciones con avanzadas prestaciones operativas, con elevados niveles de eficiencia energética y con un buen comportamiento con respeto al medio ambiente.
Para tal efecto, en caso de que fuera necesario, las instalaciones financiadas deben cumplir con los requisitos establecidos en el Real decreto 1027/2007, del 20 de julio, por el que se aprueba la Legislación de instalaciones térmicas de edificios (RITE) respecto a la instalaciones térmicas, con las condiciones establecidas en el documento reconocido del RITE.
En el caso de las calderas de biomasa, los equipamentos térmicos tendrán una calificación energética en modo calefacción igual o superior a D para que el proyecto sea subvencionable, siempre y cuando esta calificación energética sea de aplicación.

 
Inversiones y gastos subvencionables
1. El equipamento principal de generación energética (paneles solares, bomba de calor, caldera.). En el caso de la biomasa, el coste del equipamento térmico y sus accesorios principales (sistema de regulación y control, sistemas de limpieza, depuración de humos, extracción de cenizas).
 2. El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
 3. El coste del sistema de almacenamiento del combustible.
 4. El coste del sistema de alimentación del combustible.
 5. El coste de montaje y conexión.
 6. En el caso de la energía geotérmica, el sistema de captación del recurso geotérmico: sondajes,intercambiadores, acumuladores, tubajes, etc.
 7. En el caso de redes de distribución de calor con biomasa, el coste de la red de distribución de energía térmica (hasta la sala de caldera existente si se conecta a ella o, en el caso contrario, al punto de entrada al edificio) y, de ser el caso, el coste de los sistemas para la conexión con las salas de calderas existentes. La obra civil necesaria de la sala de calderas.

Cuantía de las ayudas

Porcentaje máximo de ayuda:
Entidades locales 80 %
Entidades jurídicas sin ánimo de lucro 80 %
Empresas, sus agrupacións y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica 50%. En el caso de pequeñas empresas, la ayuda se incrementará en 20 puntos porcentuales y en el caso de medianas empresas en 10 puntos porcentuales.
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto de biomasa será de 250.000 €. En proyectos de aerotermia y geotermia la ayuda máxima será de 100.000 € y en solar térmica 15.000 €.
La cuantía máxima por beneficiario será de 300.000 €.