El próximo 30 de junio finaliza el plazo que la Seguridad Social que obliga a identificar las vinculaciones de los trabajadores autónomos que a 1 de enero de 2023 figuraran de alta en el RETA, respecto a empresas colectivas, cargos de consejero, administrador u otros y porcentaje de participación en el capital social y que están recogidas en el Real Decreto 504/2022 de 27 de junio.

Además, desde la misma fecha, se les obliga a informar a la Seguridad Social sobre todas las actividades que tengan de alta, así como cualquier modificación o vinculación que exista.

Estos datos sirven para calcular la base reguladora que se utiliza en el nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los trabajadores autónomos. Las variaciones podrían incluir cambios tanto de carácter personal como profesional, como pueden ser cambios de domicilio o en el estado civil. En caso de no cumplir con esta obligación, los autónomos podrían enfrentarse a multas de hasta 750 euros.

¿Qué autónomos están obligados a comunicar sus datos a Seguridad Social?

  • Autónomos societarios.
  • Autónomos colaboradores.
  • Autónomos económicamente dependientes (TRADE).
  • Autónomos al frente de una comunidad de bienes o sociedad civil.
  • Autónomos profesionales que estén colegiados de forma obligatoria.
  • Autónomo principal con colaboradores a su cargo.

¿Qué datos es necesario comunicar?

  • Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte las personas trabajadoras autónoma.
  • Desempeño del cargo de consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad.
  • Porcentaje de participación en el capital social de la sociedad.
  • Nombre, apellidos y número de DNI o equivalente de los familiares con las que convive la persona autónoma.
  • NIF del cliente del que dependan económicamente los autónomos Trade (Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes).
  • Colegio profesional en el que deban figurar los autónomos profesionales colegiados.
  • NIF de la empresa o empresas para las que el personal estatutario de los servicios de salud preste actividades complementarias privadas.
  • Nombre y apellidos y número de DNI o equivalente de los autónomos familiares.

En Álvarez Real podemos ayudarte a gestionar esta obligación para tener toda tu documentación al día, para eso disponemos de servicios especiales para autónomos con los que garantizar la gestión diaria de la empresa.  

Dejar una Respuesta