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Ayudas a la contratación de gestores de internacionalización (IG166)

Por 4 mayo 2023septiembre 12th, 2023Sin Comentarios

Título

Ayudas a la contratación de gestores de internacionalización (IG166)

Descripción

Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva las ayudas para la contratación de gestores de internacionalización para los años 2023, 2024 y 2025.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 04/05/2023 hasta 05/06/2023

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Empresas que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan la definición de pyme.
Las empresas tendrán que disponer del informe de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización realizado a través de programas de Igape a partir de 2013. 
De no disponer del citado Informe de alta, debe solicitarlo a través de la oficina virtual del Igape (procedimiento IG192) dentro del plazo de presentación de solicitudes.
b) Las personas solicitantes deberán tener, por lo menos, un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Las personas solicitantes acreditarán tener un proyecto de internacionalización para el cual se requiere contratar profesionales en comercio exterior.
d) Las personas solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda pública, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social, y no ser consideradas empresas en crisis. 

 
Inversiones y gastos subvencionables

 

Será subvencionable el salario bruto por cuenta ajena a tiempo completo de gestores de internacionalización, bajo cualquiera de las modalidades previstas en la legislación laboral vigente en el momento de la contratación, acordes a la finalidad de ayuda, excepto contratos de alta dirección.

Los contratos laborales subvencionables deben ser indefinidos o temporales por un período mínimo de duración de seis meses.

El período de contratación subvencionable será el establecido en la resolución de concesión de ayuda, sin que pueda ser inferior a seis meses ni superior a los dieciocho meses.

 

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda se calcula aplicando los siguientes porcentajes sobre el coste subvencionable. 

El coste subvencionable se ha establecido como un baremo estándar de coste unitario. 

Para determinar su importe se ha tomado como referencia el salario medio del sector del comercio en Galicia para el año 2021, que según los datos de la AEAT que constan en el IGE ascendería a 19.238 €/año (1.603,16 €/mes con prorrateo de pagas extra, sin incluir los costes extrasalariales).

a) 85 % en el caso de jóvenes profesionales nacidos/as a partir del 1 de enero de 1988.

b) 90 % en el caso de mujeres o jóvenes de cualquier género inscritos en el Sistema nacional de garantía juvenil.

c) 80 % en el caso de profesionales nacidos después del 1 de enero de 1978 y antes del 1 de enero de 1988.

d) 90 % en el caso de profesionales sénior en paro de difícil reinserción laboral de edad igual o superior a 45 años (nacidos antes del 1 de enero de 1978).