Título
Ayudas a la Digitalización Industrial 4.0 año 2020
Descripción
Ayudas destinadas a la puesta en marcha de proyectos cuya finalidad sea la implantación de soluciones para el soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una pyme gallega y otras empresas o entre dos o más pymes gallegas como pueden ser órdenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos entre un líder industrial hacia las pymes que conforman su cadena de valor.
Resumen
Plazo de solicitud
Desde 08/07/2020 hasta 08/08/2020
Beneficiarios
- Pymes con las siguientes excepciones: empresas pertenecientes al sector de la pesca y la acuicultura, al sector de la producción agrícola primaria, el sector del acero, el sector del carbón, el sector de la construcción naval, al sector de las fibras sintéticas, al sector de los transportes, así como la infraestructura conexa, la producción y distribución de energía y las infraestructuras energéticas.
- Agrupaciones de empresas.
Requisitos principales del Proyecto
- Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
- Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, especificamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
- Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
- Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares), interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.
- Sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático y toma de decisiones autónomos.
- Las inversiones y gastos subvencionables no podrán haber comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
- Los bienes objeto de la inversión deberán ser adquiridos por el beneficiario en propiedad.
- La inversión tendrá que incluirse en el activo de la empresa y mantenerse en el centro de trabajo de Galicia durante los 3 años siguientes al final del plazo de ejecución del proyecto.
Inversiones y gastos subvencionables
a) Inversiones materiales nuevas y/o inmateriales adquiridas en propiedad. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte y equipamiento de oficina excepto elementos informáticos.
b) Colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica , adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto.
Cuantía de las ayudas
- La subvención será del 30% de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 20% para las medianas.
- La subvención será del 50% de los gatos de colaboraciones externas subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas.