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Ayudas a startups (IG296)

By 2 enero 2024febrero 2nd, 2024No Comments

Título

Ayudas a startups (IG296)

Descripción

Se convocan para el año 2024 las ayudas a startups, en régimen de concurrencia no competitiva, con el objeto de fomentar la actividad de las startups gallegas o con un centro de trabajo en Galicia subvencionando los gastos e inversiones en los que incurran desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de la solicitud de ayuda.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 02/01/2024 hasta 30/09/2024

Beneficiarios

Startups gallegas o con un centro de trabajo en Galicia. Se considerarán startups, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, toda persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, de reciente creación: que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o registro de cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales, y que reúna las condiciones especificadas en ese artículo respeto de la innovación y escalabilidad.
 
Para acceder a estas ayudas, las startups deberán cumplir, además, por lo menos, una de las siguientes condiciones en el momento de solicitar la ayuda: 
– Disponer de la certificación de ENISA prevista en la Ley 28/2022.
– Acreditar la cualificación de Iniciativa de empleo de base tecnológica de la Xunta de Galicia (EIBT).
– Haber participado en algún proceso de aceleración en iniciativas con participación pública de la Xunta de Galicia en su desarrollo (Viagalicia, BFAuto, BFAero, BFFood, Turislab, Galicia Avanza).
– Acreditar mediante certificado al efecto emitido por el centro de origen el carácter de Spin-off de las universidades, de los centros de formación profesional o de centros tecnológicos.
– Estar inscritas en el Registro de Pymes Innovadoras del Ministerio de Ciencia e Innovación.
– Disponer de la certificación EA 0047:2015 o EA 0043:2015 de pyme innovadora o joven empresa innovadora, respectivamente.
– Disponer de la marca EIBT de empresa innovadora de base tecnológica otorgada por la Asociación Nacional de Centros Europeos de Empresas e Innovación (ANCES).

Requisitos principales del Proyecto

Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, deberán ser nuevos, adquiridos en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridos a terceros. 
El importe mínimo de gasto subvencionable deberá alcanzar 10.000 €.
Se deberá mantener la actividad y las inversiones subvencionadas durante el período de 3 años desde la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.

Inversiones y gastos subvencionable

Cualquier gasto o inversión en los que incurra la startup desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de la solicitud de ayuda. 

 

Cuantía de las ayudas

Se concederá una ayuda del 100 % hasta un máximo de 20.000 € para los gastos realizados (devengados y pagados) por la startup durante el período subvencionable.

 

Álvarez Real
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