Fuera de plazo

Ayudas al sector turístico para la promoción de la digitalización (TU503C)

Por 5 julio 2023agosto 31st, 2023Sin Comentarios

Título

Ayudas al sector turístico para la promoción de la digitalización (TU503C)

Descripción

Se convocan ayudas en concurrencia no competitiva para contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas de alojamiento turístico, de restauración y de las agencias de viajes, promoviendo su desarrollo tecnológico y el proceso de transformación digital del sector, para potenciar Galicia como destino turístico.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 05/07/2023 hasta 07/08/2023

Beneficiarios

Personas físicas y jurídicas titulares de empresas (pymes) de alojamiento turístico, de restauración y de agencias de viajes que tengan su domicilio fiscal en Galicia y que hayan inscrito y autorizado o clasificado, conforme establezca la normativa turística en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT), el establecimiento turístico para el que se solicita la ayuda.
En concreto, son actuaciones subvencionables las que realicen cualquiera de los siguientes tipos de establecimientos turísticos:
a) Los establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas y albergues turísticos.
b) Las empresas de restauración (restaurantes, cafeterías y bares)..
c) Las agencias de viajes.

Requisitos principales del Proyecto

Se consideran gastos subvencionables aquellos en que hubiera incurrido la persona solicitante entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2023.
La inversión máxima subvencionable será de hasta 15.000,00 euros por persona beneficiaria, por lo que la ayuda máxima será de 12.000,00 euros.
 

Inversiones y gastos subvencionables

1.1. Gastos derivados de la transformación digital.

a) Instalación de nuevos PMS (property management system) y ERP (enterprise resource planning) e integración de PMS y ERP actuales.

b) Instalación de nuevos CRM (customer relationship management), tanto integrados con PMS como no integrados.

c) Instalación de un channel manager.

d) Instalación de herramientas de visualización, consulta y análisis de datos.

e) Implementación de motores de reserva.

f) Incorporación de sistemas y metodologías para reforzar la seguridad de los datos.

g) Utilización de tecnologías disruptivas en la realización de la actividad de la empresa: blockchain, realidad virtual o aumentada, big data y análisis-explotación de datos, sensorización y comunicación entre máquinas, inteligencia artificial.

1.2. Gastos de equipamiento tecnológico necesarios para los indicados en el apartado anterior. En todo caso, queda excluida la telefonía. Estos gastos de equipamiento tecnológico asociados a los indicados en el apartado 1.1 no podrán superar el 10 % de la inversión subvencionable.

1.3. Gastos de alojamiento o servicios en la nube necesarios para los gastos indicados en el apartado 1.1.

1.4. Gastos derivados de la creación del producto y /o comercialización del destino Galicia.

a) Desarrollo de las TIC en la gestión, promoción y comercialización de la oferta turística.

b) Gastos derivados de los costes de la pertenencia a grupos de compra y/o gestión del uso de herramientas para la creación del producto turístico y/o de comercialización del destino Galicia.

Cuantía de las ayudas

El importe de la subvención será del 80 % de la inversión subvencionable.