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Ayudas extraordinarias a la industria de la automoción en Galicia (IG299)

By 8 julio 2024No Comments

Título

Ayudas extraordinarias a la industria de la automoción en Galicia (IG299)

Descripción

Se concederán ayudas por orden de entrada para proyectos de inversión ejecutados en el año 2024 para apoyar a la industria de la automoción gallega en la transición a la movilidad sostenible subvencionando las siguientes tipologías de proyectos, clasificados en dos líneas:
Línea A:
1. Inversión: ayuda sobre el volumen de inversión en equipamientos, sistemas u obras.
2. Consultoría: ayuda sobre la elaboración de proyectos de futuro ante la transición del sector.
Línea B:
1. Ayuda a proyectos de ahorro y eficiencia energética.
2. Ayuda a proyectos de energías renovables.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 08/07/2024 hasta 31/10/2024

Beneficiarios

Empresas industriales del sector de automoción gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.
 
Se considerarán industrias de automoción aquellas cuya actividad se desarrolle en el CNAE 29, en cualquiera de sus subapartados y también aquellas empresas que, no estando dadas de alta en actividades del CNAE 29 sino en actividades industriales genéricas, estén asociadas a la Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia.

 

Requisitos principales del Proyecto

Las inversiones han de realizarse desde el 1 de enero de 2024 y anteriores a la fecha de solicitud (sólo para la línea A), pudiendo también incluir inversiones a realizar hasta el 16 de diciembre de 2024. Para la línea B sólo se admitirán inversiones posteriores a la solicitud de la ayuda. 
 
El importe mínimo de coste subvencionable total deberá alcanzar los 100.000 €.

 

Inversiones y gastos subvencionables

Línea A: 

a) Inversión en activos fijos tangibles e intangibles en los que incurra la empresa desde el 1 de enero de 2024 y anteriores a la fecha de solicitud, pudiendo también incluir inversiones a realizar hasta el 16 de diciembre de 2024.

• Compra de maquinaria o bienes de equipo.

• Obras de reforma y rehabilitación de naves o espacios productivos.

• Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).

• Otras inversiones en activos fijos.

b) Costes de elaboración de estudios o análisis de transición hacia la movilidad sostenible o cualquier tipo de consultoría estratégica que impulse la competitividad de la empresa.

 

Línea B:

a) Proyectos de ahorro y eficiencia energética: ayudas a la inversión que permitan a las empresas mejorar la eficiencia energética en ámbitos distintos del de los edificios. Se tendrán en cuenta las siguientes actuaciones:

i. Mejora de la eficiencia energética en equipos y procesos industriales.

ii. Implantación de sistemas de monitorización y control destinados a la mejora de la gestión energética.

b) Proyectos de energías renovables: ayudas a la inversión para el desarrollo de proyectos relacionados con la energía procedente de fuentes renovables y con el hidrógeno de origen renovable. Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones generales:

i. En el caso de proyectos relacionados con el aprovechamiento de energías renovables para la generación de electricidad, solo serán elegibles aquellos destinados al autoconsumo.

ii. Ayudas a la inversión para proyectos de almacenamiento de electricidad únicamente en la medida en que se concedan a proyectos combinados de energía renovable y almacenamiento (behind-the-meter-«tras el contador»), siempre que ambos elementos sean componentes de una única inversión o que el almacenamiento esté conectado a una instalación de energías renovables existente.

iii. Ayudas a la inversión para instalaciones de producción, distribución y/o consumo de hidrógeno renovable únicamente en la medida en que la electricidad utilizada para la producción en el electrolizador sea de origen renovable.

iv. En el caso de instalaciones de biocarburantes, biolíquidos, biogás y combustible de biomasa, deben justificar que cumplen los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gas de efecto invernadero

 

Cuantía de las ayudas

Para la línea A, se concederá una ayuda del 70 %, hasta un máximo de 300.000 €.

Para la línea B, se concederá una ayuda entre el 35% y el 65%, hasta un máximo de 700.000 €.