Título
Ayudas para el fomento de la utilización de intalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo (MR323C)
Descripción
Se subvencionan instalaciones y equipamientos con el objetivo de contribuir a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, entre otras cosas reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible. Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, por ejemplo, reduciendo la dependencia química.
Resumen
Plazo de solicitud
Desde 09/09/2025 hasta 08/10/2025
Beneficiarios
Requisitos principales del Proyecto
Inversiones y gastos subvencionables
Serán elegibles las inversiones productivas que tengan como objetivo contribuir a:
a) Acciones de mitigación o adaptación al cambio climático.
b) Inversiones para la gestión eficiente de los recursos agua, suelo y aire.
c) Mejora de la eficiencia energética y producción de energías verdes.
d) Inversiones para la mejora del bienestar animal.
e) Inversiones en medidas de bioseguridad en las explotaciones agrarias.
En concreto, serán elegibles las inversiones materiales e inmateriales que supongan una mejora del rendimiento global, la competitividad o la viabilidad de las explotaciones:
– La reforma o construcción de instalaciones que supongan la mejora de las condiciones agroambientales, higiénico-sanitarias y de bienestar de los animales que vayan más allá de los requisitos obligatorios; el almacenamiento de estiércol, instalación de sistemas alternativos que permitan reducir la carga de fósforo y nitrógeno y cuyo producto interactúe y mejore la estructura del suelo o sistemas que mejoren la eficiencia en el uso de fertilizantes nitrogenados; la disminución del consumo de energía o de agua; la mejora de los sistemas de ventilación y aislamiento de las explotaciones ganaderas; la producción de energías renovables y bioenergía para su uso en las explotaciones agrícolas; el cumplimiento de nuevas normas obligatorias de la Unión Europea; la reducción de la erosión del suelo; o la mitigación de los desastres naturales y riesgos climáticos, y mecanismos de prevención contra los efectos adversos de los fenómenos extremos relacionados con el clima.
– Compra de construcciones agrarias en desuso.
– La compra de terrenos conforme a lo establecido en el artículo 73(3)(c) del Reglamento (UE) 2021/2115 (hasta el límite del 10 % de la inversión elegible).
– Las inversiones inmateriales asociadas a la realización de las inversiones materiales enumeradas anteriormente podrán comprender gastos generales tales como honorarios de los técnicos que elaboren los proyectos de construcción o reforma, licencias de software u otros permisos.
Cuantía de las ayudas
El importe de la ayuda será del 40 % de los costes elegibles, que podrá incrementarse hasta un máximo del 65 % en función de la aplicación de criterios específicos. La cuantía máxima de la ayuda se establece en 3.000.000 de euros.




