Skip to main content
Fuera de plazoSubvenciones

Ayudas para el fomento de la utilización de intalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo (MR323C)

By 9 septiembre 2025octubre 14th, 2025No Comments

Título

Ayudas para el fomento de la utilización de intalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo (MR323C)

Descripción

Se subvencionan instalaciones y equipamientos con el objetivo de contribuir a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, entre otras cosas reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la captura de carbono, así como promover la energía sostenible. Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales como el agua, el suelo y el aire, por ejemplo, reduciendo la dependencia química.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 09/09/2025 hasta 08/10/2025

Beneficiarios

Las personas beneficiarias que deseen acceder a las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser una cooperativa agraria formada por personas titulares de explotaciones agrarias.
b) No tener la consideración de empresa en crisis. 
c) Disponer de una contabilidad específica Feader o de un código contable específico.
d) Que su actividad principal sea la agraria.
e) Mantener las inversiones cofinanciadas durante 5 años, desde el pago final al beneficiario, o 3 años en el caso pymes.
f) Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Requisitos principales del Proyecto

Se establece una inversión mínima subvencionable de 100.000 euros.
El plazo para ejecutar las inversiones es de 24 meses desde la concesión de la ayuda. 
En el caso de inversiones para energías renovables, se deberán observar los criterios de sostenibilidad de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en la Directiva sobre Energías Renovables 2018/2001.
La producción de energía renovable se destinará exclusivamente para el autoconsumo de la explotación.
 
No serán subvencionables las siguientes inversiones:
a) La compra de animales y la compra de plantas anuales y su plantación.
b) Compra de derechos de producción agrícola.
c) Compra de derechos de pago.
d) Inversiones en infraestructura a gran escala, segundo determinen los Estados miembros nos sus planes estratégicos de la PAC, que no formen parte de las estrategias de desarrollo local participativo contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2021/1060, excepto en el caso de banda ancha y las acciones de prevención de inundaciones o de protección de las costas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales probables, fenómenos climáticos adversos y catástrofes.
e) Las inversiones de simple sustitución.
f) La maquinaria de segunda mano.
g) Los gastos de conservación y mantenimiento o derivados de las actividades de funcionamiento de la explotación.
h) Los montes bajos de ciclo corto.
i) La maquinaria o inversiones relacionadas con la transformación y comercialización de productos agrarios.
j) La maquinaria de carácter forestal.
k) Inversiones en regadío.
l) El IVA, las tasas, licencias administrativas u otros impuestos.
m) Los intereses de deuda y sus gastos.
n) Los intereses de demora, recargos, multas coercitivas y sanciones administrativas y penitenciarias.
o) Los gastos de procedimientos judiciales.
p) La adquisición de terrenos por un importe superior al 10 % del coste total elegible.
 

Inversiones y gastos subvencionables

Serán elegibles las inversiones productivas que tengan como objetivo contribuir a:

a) Acciones de mitigación o adaptación al cambio climático.

b) Inversiones para la gestión eficiente de los recursos agua, suelo y aire.

c) Mejora de la eficiencia energética y producción de energías verdes.

d) Inversiones para la mejora del bienestar animal.

e) Inversiones en medidas de bioseguridad en las explotaciones agrarias.

 

En concreto, serán elegibles las inversiones materiales e inmateriales que supongan una mejora del rendimiento global, la competitividad o la viabilidad de las explotaciones:

– La reforma o construcción de instalaciones que supongan la mejora de las condiciones agroambientales, higiénico-sanitarias y de bienestar de los animales que vayan más allá de los requisitos obligatorios; el almacenamiento de estiércol, instalación de sistemas alternativos que permitan reducir la carga de fósforo y nitrógeno y cuyo producto interactúe y mejore la estructura del suelo o sistemas que mejoren la eficiencia en el uso de fertilizantes nitrogenados; la disminución del consumo de energía o de agua; la mejora de los sistemas de ventilación y aislamiento de las explotaciones ganaderas; la producción de energías renovables y bioenergía para su uso en las explotaciones agrícolas; el cumplimiento de nuevas normas obligatorias de la Unión Europea; la reducción de la erosión del suelo; o la mitigación de los desastres naturales y riesgos climáticos, y mecanismos de prevención contra los efectos adversos de los fenómenos extremos relacionados con el clima.

– Compra de construcciones agrarias en desuso.

– La compra de terrenos conforme a lo establecido en el artículo 73(3)(c) del Reglamento (UE) 2021/2115 (hasta el límite del 10 % de la inversión elegible).

– Las inversiones inmateriales asociadas a la realización de las inversiones materiales enumeradas anteriormente podrán comprender gastos generales tales como honorarios de los técnicos que elaboren los proyectos de construcción o reforma, licencias de software u otros permisos.

 

Cuantía de las ayudas

El importe de la ayuda será del 40 % de los costes elegibles, que podrá incrementarse hasta un máximo del 65 % en función de la aplicación de criterios específicos. La cuantía máxima de la ayuda se establece en 3.000.000 de euros.

 

Álvarez Real
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Para conocer la información ampliada y detallada de protección de datos.

Política de Privacidad

Es posible que actualicemos la Política de Cookies de nuestro Sitio Web, por ello le recomendamos revisar esta política cada vez que acceda a nuestro Sitio Web con el objetivo de estar adecuadamente informado sobre cómo y para qué usamos las cookies.

Política de Cookies