Título
Ayudas para el impulso de la actividad económica en el término municipal de Lugo,
Descripción
El objeto de la presente convocatoria es paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el
COVID-19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de Lugo.
Resumen
Plazo de solicitud
Desde 14/04/2020 hasta 13/05/2020
Beneficiarios
Cuantía de las ayudas
– Cuantía de 1.200 euros para personas físicas y jurídicas con o sin trabajadores a su cargo cuando la actividad que desarrollen se hubiera visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD465/2020 de 17 de marzo.
– Cuantía de 750 euros a aquellas personas físicas o jurídicas con o sin trabajadores a su cargo, que no se vieron afectadas por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD465/2020 de 17 de marzo a condición de que sufran una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de la subvención de por lo menos el 75% en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.
Estas cuantías se incrementarán:
– en 600 euros por trabajador en caso de tener hasta 9 trabajadores (inclusive) a fecha 1 de marzo de 2020, en el caso de acreditar que no se ha tramitado expediente de regulación temporal de empleo en el momento de solicitar la subvención así como comprometerse a no solicitarlo en los 3 meses posteriores a su concesión.
– en 450 euros por trabajador en caso de tener entre 10 y 49 trabajadores (inclusive) a fecha 1 de marzo de 2020, en el caso de acreditar que no se ha tramitado expediente de regulación temporal de empleo, en el momento de solicitar la subvención así como comprometerse a no solicitarlo en los 3 meses posteriores a su concesión.
– en 180 euros por trabajador en caso de tener hasta 9 trabajadores (inclusive) a fecha 1 de marzo de 2020, en el caso de acreditar que, solicitado o concedido el expediente de regulación temporal de empleo solicitado, se ha llegado a un acuerdo con los trabajadores o con su representación sindical, de complemento salarial hasta completar el 100 % de la base reguladora de aquellos trabajadores afectados por el ERTE.