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Ayudas para inversión empresarial (2025)

By 20 enero 2025febrero 6th, 2025No Comments

Título

Ayudas para inversión empresarial (2025)

Descripción

Se publican, en concurrencia no competitiva, ayudas para proyectos de inversión empresarial cuyo objeto sea la creación de un nuevo establecimiento o la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 20/01/2025 hasta 30/09/2025

Beneficiarios

Pequeñas y medianas empresas (en adelante, pymes) que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo emplazado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerada subvencionable.
 
No podrán tener la condición de personas beneficiarias:
a) Se excluyen las siguientes actividades:
– La producción y comercialización agrícola primaria.
– La extracción, producción, transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.
– La producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas..
b) Las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.
c) Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación de ayudas, consecuencia de una decisión de la Comisión Europea.
d) Las empresas en crisis, de acuerdo con la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014.
e) Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, o incumplan los deberes del artículo 11 de la citada ley.
f) Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y sus posteriores modificaciones, cuando los solicitantes sean únicamente sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la citada Ley 3/2004.
 

Requisitos principales del Proyecto

Antes de iniciar el proyecto la persona solicitante deberá presentar la solicitud de la ayuda.
El proyecto ha de tener un presupuesto mínimo de 50.000€ (25.000€ si la inversión es en equipamiento productivo) y máximo de 800.000€. 
La empresa beneficiaria deberá realizar una aportación financiera mínima de al menos un 25% de los costes subvencionables, exenta de cualquier tipo de ayuda.
El período de ejecución de las inversiones subvencionables se denomina plazo de ejecución del proyecto y abarcará desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de final del plazo establecido en la resolución de concesión. Con carácter general, finalizará dentro de los 18 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión para los proyectos de inversión empresarial general, y dentro de los 9 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión para los proyectos de inversión en equipamiento productivo, sin que pueda exceder la fecha establecida al efecto en la resolución de convocatoria. Cualquier inversión realizada fuera de este período no será subvencionable.

 

Inversiones y gastos subvencionables

1. Obra civil y otros conceptos inmobiliarios (nueva construcción, reforma o rehabilitación; adqusición de edificaciones).

2. Bienes de equipo (maquinaria de proceso, instalaciones y obras específicas para la maquinaria, utillaje (incluidos los moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipo).

3. Otras inversiones en activos fijos (mobiliario, equipos para proceso de información).

4. Aplicaciones informáticas.

5. Adquisición de activos de un establecimiento.

Cuantía de las ayudas

La intensidad de la ayuda será del 35 % en el caso de las pequeñas empresas y del 25 % en el caso de las medianas empresas

En los sectores industriales del carbón, acero e hierroaleaciones y en el sector del transporte e infraestructuras conexas, por aplicación del artículo 17 del mismo reglamento, será del 20 % en el caso de las pequeñas empresas y del 10 % en el caso de las medianas empresas.