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Ayudas para inversiones en ecoinnovación y digitalización de la industria forestal-madera (IN500C, IN500D).

By 2 septiembre 2022septiembre 12th, 2023No Comments

Título

Ayudas para inversiones en ecoinnovación y digitalización de la industria forestal-madera (IN500C, IN500D).

Descripción

Se publican en régimen de concurrencia no competitiva ayudas para contribuir a fomentar la modernización y la digitalización del sector forestal-madera e impulsar el ecodiseño y la economía circular.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 02/09/2022 hasta 31/10/2022

Beneficiarios

Para la línea 1-Ecoinnovación (código de procedimiento IN500C):
a) Pequeñas y medianas empresas (incluidas las personas autónomas) de la industria forestal-madera radicadas en Galicia que realicen aprovechamientos forestales o que utilicen la madera, la resina, el corcho y sus derivados u otros productos de origen forestal, exceptuando los productos alimentarios, como materia prima para la elaboración de sus productos.
b) Pequeñas y medianas empresas (incluidas las personas autónomas) radicadas en Galicia que implementen o desarrollen soluciones ecoinnovativas basadas en madera.
c) Organismos intermedios: organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia que, de forma habitual presten servicios de apoyo a la innovación y la modernización a las pymes y que dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar los proyectos, que desarrollen su actividad principal en Galicia.
 
Para la línea 2-Digitalización (código de procedimiento IN500D):
a) Pequeñas y medianas empresas (incluidas las personas autónomas) de la industria forestal-madera radicadas en Galicia que realicen aprovechamientos forestales o que utilicen la madera, la resina, el corcho y sus derivados u otros productos de origen forestal, exceptuando los productos alimentarios, como materia prima para la elaboración de sus productos.
Para alcanzar la condición de beneficiarias, deberán estar inscritas en el Registro de Empresas del Sector Forestal (Resfor) y con los datos actualizados.
b) Asociaciones, organizaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, que tengan base asociativa y sean representativas o estén relacionadas con la cadena de valor de la industria forestal-madera y que desarrollen su actividad en Galicia.
 

Requisitos principales del Proyecto

Línea 1-Ecoinnovación (código de procedimiento IN500C): dirigida a apoyar proyectos vinculados al ámbito de trabajo de las empresas beneficiarias, que comprendan al menos alguna de las siguientes actuaciones:
a) Ecodiseñar productos o materiales que utilicen la madera como materia prima, para conseguir desarrollos técnicos o prototipos que mejoren la huella ambiental a lo largo del ciclo de vida, respecto a otras alternativas o modelos anteriores. Las actuaciones de ecodiseño contempladas podrán referirse a una o varias de las siguientes áreas:
i. Diseño más eficiente del producto, que permita reducir el uso de materiales.
ii. Incorporación de materiales con menor impacto ambiental.
iii. Aumento de la vida útil del producto desde el punto de vista técnico.
iv. Aplicación de nuevos tratamientos industriales de la madera libres de sustancias contaminantes (utilización de barnices con bajo contenido en COV, utilización de colas alternativas PVAc…).
v. Optimización del diseño para facilitar el desmontaje al final de la vida útil del producto, facilitando la identificación y separación de los distintos materiales que lo componen.
vi. Procesos de certificación de la integración de la variable ambiental en el diseño, exclusivamente para los productos ecodiseñados en el contexto de esta convocatoria. Por ejemplo:
– Impacto ambiental en la producción de los productos hechos con madera, de acuerdo con la norma ISO 14006 Gestión ambiental-Directrices para la incorporación del Ecodiseño.
– Etiquetado ecológico (ecoetiquetas), de acuerdo con la norma UNE-EN ISO 14020 Etiquetas ecológicas y declaraciones ambientales. Principios generales.
– Certificación de la cadena de custodia (FSC-Forest Stewardship Council, PEFC-Certificación Forestal Paneuropea).
 
b) Implantar soluciones de economía circular, encaminadas a prevenir el despilfarro y recuperar el máximo valor de los materiales en los procesos propios de las personas beneficiarias definidas en el artículo 2. Las actuaciones contempladas podrán referirse a una o varias de las siguientes áreas:
i. Creación de nuevos modelos de negocio orientados a la servitización de los productos hechos en madera o productos derivados.
ii. Optimización del consumo de recursos, a través de la aplicación de mejores técnicas de producción o la reducción de las etapas del proceso de fabricación de los productos hechos en madera.
iii. Desarrollo e implementación de procesos de postventa, orientados a ofrecer servicios de mantenimiento, reparación y repuestos por un período de tiempo prolongado.
iv. Incorporación de procesos de recuperación y revalorización de productos y subproductos de madera (producción de biomasa, compostaje, nuevos productos, etc.).
v. Mejora de la eficiencia en los procesos de distribución, a través de la reducción del volumen y peso de los embalajes, uso de transportes más eficientes o el uso de envases y embalajes reutilizables.
 
c) Introducir herramientas para el análisis de los aspectos ambientales que permitan a la empresa identificar y, en algunos casos, cuantificar los impactos ambientales asociados a las distintas fases del ciclo de vida en procesos productivos vinculados con la madera. Las herramientas contempladas podrán incluir las siguientes:
i. Lista de comprobación (checklist).
ii. Valoración estratégica ambiental (VEA).
iii. Input material por unidad de servicio (MIPS).
iv. Matriz de materiales, energía y emisiones tóxicas (MET).
v. Ecoindicadores.
vi. Análisis del ciclo de vida (ACV).
 
Línea 2-Digitalización (código de procedimiento IN500D): dirigida a apoyar proyectos de digitalización de las personas beneficiarias, vinculados a los procesos que utilicen madera o sus derivados y que comprendan al menos alguna de las siguientes actuaciones:
a) Implantar sistemas de digitalización, ya sea de algún proceso concreto (por ejemplo, interacción con la Administración pública o proceso de fabricación) o de gestión integral (ERP, CRM y similares), específicamente diseñados, desarrollados o adaptados a un proceso concreto dentro de su ámbito de actividad.
b) Poner en marcha sistemas para la gestión del ciclo de vida de productos hechos en madera. Soluciones tales como PDM, PLM o DMF que recojan la información del producto desde la concepción de este hasta su eliminación o puesta a la venta, incluyendo el diseño y fabricación.
c) Implantar sistemas para el control y/o mejora de los procesos productivos, como por ejemplo sistemas de captura de datos, automatización, supervisión remota, sensórica y/o mantenimiento preventivo.
d) Digitalizar procesos que puedan llevar asociada la impresión 3D o fabricación aditiva de productos hechos con madera en el proceso productivo de la empresa.
e) Desplegar sistemas de planificación, control de los recursos empresariales y/o logística, tanto interna como externa.
f) Automatizar y/o sensorizar productos o servicios para su control y trazabilidad.
g) Implementar sistemas de interconexión de elementos físicos y virtuales, procesamiento de datos capturados (big data) y ciberseguridad.
h) Desarrollar y poner en marcha sistemas de analítica avanzada, inteligencia artificial, aprendizaje automático y/o toma de decisiones autónoma (inteligencia empresarial) en relación con la industria de las empresas beneficiarias.
i) Desarrollar o adoptar una interfaz digital para las interacciones comerciales con los clientes o proveedores de la industria forestal-madera.
j) Implantar y/o desarrollar sistemas de integración de la cadena de valor, tanto a nivel organizacional en sentido horizontal como a nivel de colaboración en sentido vertical.
 
Se considerarán actuaciones subvencionables todas aquellas que se desarrollen entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de mayo de 2023.
Las actuaciones deben ejecutarse en el territorio gallego.
Las inversiones realizadas deberán incluirse en el activo de la empresa y mantenerse en su centro de trabajo radicado en Galicia durante los tres años siguientes al pago final de la ayuda.
Las inversiones tangibles y/o intangibles deberán ser bienes nuevos.
El gasto mínimo subvencionable para las dos líneas de ayudas será de 7.000 euros.

 
Inversiones y gastos subvencionables

a) Línea 1-Ecoinnovación (código de procedimiento IN500C): tendrán la consideración de costes subvencionables los siguientes conceptos, siempre y cuando estén relacionados con el desarrollo y ejecución del proyecto:
i. Costes de personal técnico propio que trabaje en el proyecto: gastos del personal propio dedicado de forma directa a la realización de la actividad subvencionada. El gasto subvencionable en esta actuación estará limitado a 20 €/hora y no podrá superar el 20 % del presupuesto total de proyecto.
ii. Costes de colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, consultoría, ensayos y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto (diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos).
iii. Costes asociados a las actuaciones de formación necesarias para la puesta en marcha de las soluciones adoptadas. Será subvencionable como máximo hasta el 10 % del presupuesto total del proyecto.
iv. Costes de materiales y suministros, siempre y cuando se deriven directamente del desarrollo del proyecto. Será subvencionable como máximo hasta el 50 % del presupuesto total del proyecto.
v. Costes de adquisición de licencias de software y/o propiedad intelectual o industrial, siempre que sean de uso específico para el desarrollo de las tareas incluidas en el proyecto y no de uso general. El gasto subvencionable estará limitado al 25 % del presupuesto total del proyecto.
vi. Costes de suscripción a software. Se admitirá como gasto subvencionable el período de suscripción durante la vigencia de la ayuda. En el caso de que el sistema de adquisición supere el plazo de ejecución de la ayuda, el período restante se descontará del gasto subvencionable a prorrata.
vii. Costes asociados a la obtención de certificaciones de la integración de la variable ambiental en el diseño, exclusivamente para los productos ecodiseñados como parte del proyecto subvencionable.
viii. Costes de comunicación y marketing, siempre y cuando estén asociados a la imagen del nuevo producto y este haya sido ecodiseñado en el contexto de esta convocatoria. El gasto subvencionable estará limitado al 10 % del presupuesto total del proyecto.
 
b) Línea 2-Digitalización (código de procedimiento IN500D): tendrán la consideración de costes subvencionables los de consultoría, ingeniería, hardware y software vinculados, siempre y cuando estén relacionados con el desarrollo y ejecución del proyecto:
i. Costes de colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto (diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos). Las colaboraciones externas subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normal de la empresa como son servicios rutinarios de asesoría fiscal, servicios jurídicos o de publicidad.
En esta categoría queda excluida la adquisición de bienes que tengan la consideración de inventariables.
ii. Costes asociados a las actuaciones de formación necesarias para la puesta en marcha de las herramientas adquiridas. Será subvencionable como máximo hasta el 10 % del presupuesto total del proyecto.
iii. Costes de adquisición de dispositivos tales como sensores, automatismos y equipos de comunicaciones necesarios para el objeto del proyecto. Solamente serán subvencionables los ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, que sean de uso indispensable como interfaz para captura de datos o configuración de dispositivos. Será subvencionable como máximo hasta el 50 % del presupuesto total del proyecto.
iv. Gastos derivados del desarrollo, implantación y puesta en funcionamiento del software relacionado con el proyecto. Se consideran en este apartado:
• Costes de suscripción a software: se admitirá como gasto subvencionable el período de suscripción durante el período de ejecución del proyecto. En el caso de que el sistema de adquisición supere el plazo de ejecución de la ayuda, el período restante se descontará del gasto subvencionable a prorrata.
• Licencias de software para aplicaciones de empresas del sector forestal-madera que interoperen con las ventanas administrativas de la Xunta de Galicia y para el uso de la solución objeto de las actuaciones realizadas, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión/monitorización de redes/sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto. El gasto subvencionable estará limitado al 25 % del presupuesto total del proyecto.

Cuantía de las ayudas

El importe máximo de la subvención será del 70 % del gasto subvencionable, con un límite de 70.000 euros por beneficiario.

En la línea 2-Digitalización (código de procedimiento IN500D), este porcentaje se verá incrementado hasta el 80 % del gasto subvencionable cuando la actuación objeto de solicitud consuma uno o varios servicios web publicados por la Consellería del Medio Rural (https://ovmediorural.xunta.gal/gl/consultas-publicas/servizos-web-forestais) y en aquellos proyectos de trazabilidad en los que se graben las transacciones en la plataforma blockchain de la Xunta de Galicia denominada Fortra (https://fortra.xunta.gal/).