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AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN Y LA MODERNIZACIÓN DEL SECTOR COMERCIAL Y ARTESANAL

Por 4 mayo 2021junio 4th, 2021Sin Comentarios

Título

AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN Y LA MODERNIZACIÓN DEL SECTOR COMERCIAL Y ARTESANAL

Descripción

Subvenciones para la implantación e impulso de la estrategia digital y modernización del sector comercial y artesanal. Se conceden en función de un baremo de puntuación.


Resumen

Plazo de solicitud

Desde 05/05/2021 hasta 04/06/2021

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que en todo caso cumplan, además, los siguientes requisitos:

1. Comerciantes minoristas:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea, deberán tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Que, teniendo la condición de pyme conforme a los requisitos establecidos por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003 (DOUE 124, de 20 de mayo, p. 36), empleen a menos de veinte (20) trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.
c) Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en los anexos II y III y que este constituya la actividad principal de la persona solicitante. En caso de que la actividad principal sea una actividad de los epígrafes relacionados en el anexo III, deberá estar dado de alta en alguna actividad comercial relacionada en el anexo II.
d) Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.
2. Talleres artesanos:
Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En el caso de nuevos talleres, tendrán de plazo hasta el último día de plazo para la presentación de solicitudes para solicitar la inscripción en dicho registro.

Requisitos principales del Proyecto
El proyecto deberá estar finalizado antes del 29 de octubre de 2021.
Se han de mantener las inversiones durante un periodo mínimo de 2 años desde la fecha de concesión.
No se consideran gastos subvencionables:
a) La adquisición de ordenadores, dispositivos móviles, televisores, reproductores de sonido e imagen y terminales o lectores de TPV.
b) La adquisición de maquinaria propia de procesos industriales, en el caso de artesanos, y la adquisición de maquinaria e instrumentos propios de servicios profesionales.
c) La adquisición de materia prima de la actividad artesanal.
d) Las inversiones destinadas a locales para uso de la actividad artesanal. Aquellas que no estén directamente vinculadas con la realización de la actuación subvencionable, y/o directamente relacionadas con la calificación de los talleres inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.

 

Inversiones y gastos subvencionables

1. Línea de digitalización comercial:
Para comerciantes minoristas y titulares de talleres artesanos.
Se consideran actuaciones subvencionables de digitalización comercial:
a) Impulso a la transformación digital: implantación y actualización de páginas web con venta en línea e implantación y actualización de webs comerciales.
Las páginas web deberán tener las siguientes características técnicas:
– Tener el protocolo de transferencia de datos https.
– Estar optimizadas para SEO.
– Tener acceso a internet a través de un hosting con acceso del propietario de la web al código y claves de la web.
– Estar adaptadas a todos los dispositivos móviles.
– Disponer de fotos de calidad profesional con un peso máximo de 400K y resolución de 72 dpp.
– Disponer de página de política de privacidad de acuerdo con la legislación vigente, links a las redes sociales de la empresa.
– Tener instalada y configurada una herramienta de análisis para el conocimiento del tráfico de la página web.
En el caso de web con tienda en línea, además de lo previsto anteriormente para la página web, deberá:
– Estar sincronizada con el sistema de gestión del establecimiento comercial.
– Tener disponible para la venta en línea un mínimo del 30 % de las referencias de las que dispone en la tienda física.
– Tener pasarela de pago.
b) Optimización y agilización de los procesos comerciales: implantación de herramientas de gestión y de sistemas integrados para la planificación de recursos empresariales comerciales y de software adecuados a las necesidades de la empresa, así como las tabletas asociadas con esta actuación.
c) Actuaciones de comunicación, publicidad y herramientas de marketing 4.0, en internet o utilizando nuevas tecnologías:
La introducción de herramientas de marketing 4.0:
– Instrumentos de geolocalización o big data centrados en la conectividad y en la predicción de patrones de consumo.
– Herramientas para ofrecer experiencias reales e interactivas al consumidor: productos 3D, herramientas de realidad aumentada o escaparates y probadores virtuales.
– Chatbots o instrumentos similares que guíen al cliente en el proceso de compra.
La mejora de la imagen digital: imágenes y contenidos audiovisuales para la promoción del producto, cartelería digital.
La publicidad digital.
Los servicios profesionales de gestión de redes sociales (community manager), con un máximo once meses dentro del período subvencionable.
d) Actuaciones de comercialización digital.
La participación en eventos efímeros o ferias digitales, de carácter comercial o artesanal, nacionales o extranjeros.
e) Logística e-commerce.
Los gastos logísticos y de transporte de envíos en línea al domicilio o punto de entrega de la persona consumidora, realizados por un operador logístico externo.
f) Logística e-commerce sostenible en el kilómetro cero.
Los gastos logísticos y de transporte de envíos en línea al domicilio o punto de entrega de la persona consumidora, realizados en el kilómetro cero, con transporte sostenible (eléctrico/bicicleta).

2. Adquisición de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal.
Para comerciantes minoristas y titulares de talleres artesanos.
Se consideran actuaciones subvencionables la adquisición, en régimen de propiedad, de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal, que deberán ser en todo caso de primer uso, en concreto:
Maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal así como otra maquinaria, herramientas o equipamiento auxiliar, de fabricación externa cualificada, directamente relacionada con la actividad comercial o artesanal, que mejoren el diseño y calidad del producto final.

Cuantía de las ayudas

1. Línea de digitalización comercial:
El porcentaje de subvención será del 80 % de la siguientes inversiones máximas subvencionables:
a) Diseño e implantación de páginas web y web con venta en línea:
– Para la implantación de páginas web con venta en línea, 4.000,00 € (IVA excluido).
– Para la implantación de página web, 1.000,00 € (IVA excluido).
– Para la actualización de página web, 800,00 € (IVA excluido).
No será compatible a solicitud de actuaciones de implantación de páginas webs con las de mejora.
b) Para la implantación de herramientas de gestión, 3.000,00 € (IVA excluido), y para las tabletas, la inversión máxima subvencionable será de 300 € (IVA excluido).
c) Para las actuaciones de comunicación, publicidad y marketing 4.0 en internet o utilizando nuevas tecnologías, 16.000,00 € (IVA excluido) para el conjunto de todas las actuaciones, con los siguientes límites:
– Actuaciones de mejora de imagen comercial digital, 4.000,00 € y publicidad en medios digitales, 2.000,00 € (IVA excluido).
– Marketing 4.0 en internet o utilizando nuevas tecnologías, 6.000,00 €.
– Servicios profesionales de gestión de redes sociales (community manager), 4.000,00 € (IVA excluido).
d) Para la participación en eventos efímeros o ferias digitales, 1.000,00 € (IVA excluido).
e) Para la logística e-commerce la inversión máxima será de 1.000,00 € (IVA excluido).
f) Para la logística e-commerce sostenible, en el kilómetro cero, la inversión máxima será de 1.000,00 € (IVE excluido).
La inversión máxima subvencionable para el conjunto de las actuaciones de digitalización será de 26.300,00 € (IVA excluido).
2. Adquisición de equipamientos propios de la actividad comercial y artesanal:
Para el conjunto de estas actuaciones la inversión máxima subvencionable será de 10.000,00 € (IVA excluido) y el porcentaje de subvención será el 80 %.
Se prevé la posibilidad de un anticipo del 50% del importe de la ayuda en el momento de la concesión.