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SubvencionesVigentes

Ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios (MR340A)

By 17 enero 2026No Comments

Título

Ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios (MR340A)

Descripción

Se publican, en concurrencia competitiva, ayudas para proyectos de inversión en la mejora de los sistemas de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios mediante dos modalidades de actuación.
A) Inversiones dirigidas a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en la industria, inversiones en procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía, así como la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria (renovables y cogeneración), inversiones, en general, que permitan mejorar la eficiencia energética.
B) Inversiones en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agroalimentarios que busquen, entre otros objectivos, mejorar el rendimiento y desarrollo económico de las empresas; fomentar los productos de calidad; mejorar la seguridad alimentaria; favorecer la creación de cadenas cortas de comercialización; potenciar la innovación y la transformación digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados, la valorización de subprodutos agrarios etc.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 17/01/2026 hasta 16/02/2026

Beneficiarios

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas los empresarios individuales o sociedades que sean o vayan a ser titulares de instalaciones objeto de la ayuda dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos del anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y sobre las cuales recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren incentivables.

Requisitos principales del Proyecto

1. Se consideran incentivables, con carácter general, las inversiones en activos fijos
materiales para la creación, ampliación y modernización de las instalaciones ubicadas en
Galicia destinadas a la transformación y/o comercialización de productos agrarios, considerando como tales los productos enumerados en el anexo I del Tratado constitutivo de la
Comunidad Europea, excepto los productos de la pesca. Asimismo, podrán subvencionarse inversiones relativas a procesos de transformación en los que intervengan productos no
incluidos en el anexo I del Tratado, si estos son un componente menor del producto final.
Se considerará que son un componente menor cuando la cantidad o valor económico total
de los mismos no supere el 25 % del peso o valor económico total del producto final.
2. Los productos resultantes de los procesos de transformación y/o comercialización podrán ser productos agrarios (incluidos en el anexo I del Tratado) o no agrarios (no incluidos
en el anexo I del Tratado). En caso de que estos productos no estén incluidos en el anexo I
del Tratado, y con objeto de cumplir con la normativa europea sobre ayudas de Estado,
será de aplicación lo establecido en el artículo 14 (Ayudas regionales a la inversión) del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado.

 

 
Inversiones y gastos subvencionables

Inversión mínima de 60.000 euros.

  • 1. Inversiones en mejora de la eficiencia energética con fines principalmente ambientales.
  • 2. Inversiones en la valorización de residuos y materiales de origen agrícola, ganadero
  • para aumentar la autosuficiencia energética.
  • 3. Inversiones para la adopción de fuentes renovables de energía en la industria.
  • 4. Inversiones dirigidas a reducir las emisiones de GEI y a una mejor gestión de los recursos hídricos en la industria.
  • Para poder ser consideradas como subvencionables, las inversiones deben cumplir e ir
  • más allá de las normas o prácticas normales y de los requisitos obligatorios.
  • B) Inversiones en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos
  • agroalimentarios que busquen, entre otros objetivos, mejorar el rendimiento y desarrollo
  • económico de las empresas; fomentar los productos de calidad; mejorar la seguridad alimentaria; favorecer la creación de cadenas cortas de comercialización, potenciar la innovación y la transformación digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos
  • mercados, valorización de subproductos agrarios etc. (intervención 6842.2).

Cuantía de las ayudas
Dependiendo del tipo de solicitante y del producto final oscilará entre un 15% y un 50% de la inversión.

Álvarez Real
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