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SubvencionesVigentes

BONO CONSOLIDA ECONOMÍA SOCIAL 2026

By 10 febrero 2026No Comments

Título

BONO CONSOLIDA ECONOMÍA SOCIAL 2026

Descripción

Apoyar la consolidación de las entidades de la economía social, al financiar determinados gastos realizados entre el 01/11/2025 y el 30/10/2026, siempre y cuando su destino sean centros de trabajo ubicados en Galicia.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 10/02/2026 hasta 10/04/2026

Beneficiarios 

Sociedades cooperativas, sociedades laborales, empresas de insercción y/o centros especiales de empleo que: 

– Figuren inscritas como tales en sus correspondientes registros administrativos y que se encuentren al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones legales.
– Tengan presentadas las cuentas anuales del último año, en el Registro Mercantil, en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Fundaciones, según corresponda a su forma jurídica.
– Acreditar una antigüedad de 42 meses, que se computará desde la fecha de inscripción de la entidad solicitante en el correspondiente registro administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia. 
– En el caso de centros especiales de empleo que tengan forma jurídica de asociación, deberán tener aprobado el balance y cuenta de resultados por su Asamblea General.
 

Requisitos principales del Proyecto

Gastos realizados entre el 01/11/2025 y el 30/10/2026. (factura mínima admisible 100€ sin IVA).

 

Inversiones y gastos subvencionables

 
1. Equipamiento informático.
2. Adquisición y desarrollo de software y páginas web.
3. Marketing, comunicación o relanzamiento comercial. (*1)
4. Mejora en la eficiencia energética.
5. Adquisición de equipamiento.
6. Reforma del centro de trabajo.
7. Mobiliario.
8. Obtención de certificaciones de calidad. (*1)
9. Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad. (*1)
10. Plan de protección de datos. (*1)
11. Elementos de transporte.
12. Actividads formativas para las personas socias de la entidad solicitante que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) (*1)

(*1)  Deberán estar implantados o realizados en el período de ejecución.

Cuantía de las ayudas
La intensidad de la ayuda será del 80% del gasto subvencionable, sin superar los 30.000€. Además, aplicarán los siguientes límites:
a) 5.000 € por cada uno de los gastos incluidos en los conceptos de marketing, comunicación o relanzamiento comercial, obtención de certificaciones de calidad, creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad y plan de protección de datos.
        b) 600 € para cada actividad formativa, que realice cada persona socia de la entidad que esté de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.

 

Álvarez Real
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