Las subvenciones las concede la Xunta a empresarios y autónomos de sectores como el comercio o la hostelería. El plazo termina el 14 de julio o hasta el fin de la partida.

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Empresarios y autónomos ya pueden solicitar el Bono Energía Pyme, una línea de ayudas creada por la Xunta el pasado año a través de la Consellería de Economía, Empresa e Innovación para contribuir a reducir el fuerte gasto que supone el consumo de energía en los negocios. Si perteneces al sector de la hostelería o el comercio o te dedicas al campo artístico-recreativo estás de suerte porque puedes solicitarlo. En Álvarez Real te contamos todo lo que necesitas saber para no quedarte sin la subvención: plazos, requisitos, cuantía…

En qué consiste el Bono Energía Pyme

Se trata de una línea de ayudas que convoca la Xunta para actuaciones energéticas dirigida a pymes, negocios y autónomos. Su objetivo es reactivar la economía ante la situación económica generada por la pandemia de la Covid-19 y es una de las actuaciones del Plan de Choque diseñado por el Gobierno autonómico para afrontar el fuerte incremento de los productos energéticos y la subida de la inflación.

Qué productos o servicios subvenciona: tipos de bonos

El Bono Energía Pyme subvenciona las inversiones en equipos o elementos que contribuyan a una gestión energética eficiente como lo siguientes:

Bono envolvente:

Elementos de control solar: toldos o láminas de control solar y/o térmico. Solo serán subvencionables toldos de color blanco y/o negro y variantes de estos colores.

La Xunta concede ayudas a pymes y autónomos para reducir los gastos de la luz

Bono iluminación: 

Renovación de equipos de iluminación interior y/o exterior, incluidos rótulos y escaparates por otros de tecnología LED y los elementos de control asociados.

Bono instalaciones eléctricas: 

Mejora de la eficiencia energética en instalaciones eléctricas, garantizando un suministro con calidad y fiabilidad: renovación de transformadores, incorporación o renovación de sistemas de alimentación ininterrumpida, compensación de energía reactiva, instalación de filtros economizadores o similares.

Bono equipamiento: 

Renovación de equipos como cafeteras, lavavajillas, lavadoras, secadoras, planchas, vending (máquinas de venta automática), muebles frigoríficos, autoservicio y cualquier equipo de consumo energético propio del establecimiento de calificación energética B o superior. 

Si no se dispone de un sistema de etiquetado oficial se podrá utilizar como referencia otro sistema, como Eurovent o similar. 

Siempre deberá justificarse la retirada del equipo existente y su entrega a un gestor autorizado.

 Bono climatización: 

Equipos que permitan reducir el consumo de energía de las instalaciones de climatización, ventilación y agua caliente sanitaria. Esta medida contempla exclusivamente las instalaciones fijas con potencia superior a 5 kW destinadas a la climatización, ventilación y/o producción y consumo de agua caliente sanitaria del local. Quedan fuera los equipos móviles y los no permanentes para la climatización de terrazas y otros espacios abiertos al público. 

Sí se incluyen equipos de generación de calificación energética B o superior. También serán subvencionables los recuperadores de calor, de sistemas de enfriado gratuito, la mejora de los aislamientos, sistemas de movimiento de fluidos caloportadores y de regulación y control (sistemas de regulación en función de mediciones de CO2 o de la temperatura exterior y llaves economizadoras accionadas mediante infrarrojos, entre otros).

 Bono inmótica:

Sistemas domóticos y/o inmóticos que permitan gestionar la energía y el gasto energético de forma más eficiente.

Plazos y presupuesto

El plazo para solicitar el Bono Energía Pyme se abrió el pasado 6 de abril y finaliza el próximo 14 de julio, aunque podrá cerrarse antes en caso de agotamiento de crédito. Cuenta con un presupuesto global de 2 millones de euros. La convocatoria es de concurrencia no competitiva.

¿A quién está dirigido el bono?

A empresarios y autónomos con actividades en los ámbitos del comercio, la hostelería, actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, entre otros servicios. 

¿Qué importe se puede solicitar?

El Bono Energía Pyme cubre el 80% del coste de la actuación hasta un máximo de 6000 euros por solicitud.

Los requisitos

  • Serán subvencionables los gastos e inversiones realizados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2022, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • La inversión mínima para que las actuaciones sean subvencionables debe ser de 1.000 euros por solicitud, sin incluir el IVA.
  • Cada solicitante podrá presentar una única solicitud por cada centro de trabajo. 
  • Cada solicitud podrá contemplar una o varias actuaciones de distinta tipología.
  • Se debe mantener la inversión de que se trate para la finalidad y con el carácter solicitado por un período mínimo de tres años una vez finalizado el proyecto.

¿Hay una fecha límite para ejecutar el proyecto?

Sí. La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de septiembre de 2022.

Susana Luna
Responsable Consultoría Álvarez Real

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