Tener domicilio fiscal en Galicia, estar afectadas por la crisis sanitaria y la concurrencia no competitiva, es decir, que la concesión de las ayudas se realizará en función de la orden de entrada de las solicitudes, son el denominador común de las últimas ayudas publicadas por la Xunta de Galicia para apoyar a pymes y autónomos frente a la Covid-19. Te explicamos en qué consisten:

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PROGRAMA DE RESCATE DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS AFECTADAS POR LA CRISIS DE LA COVID-19:4

Beneficiarios: personas trabajadoras autónomas que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar como trabajadores por cuenta propia.

Requisitos:

  1. Domicilio fiscal en Galicia

  2. Tener reconocido el cese ordinario o extraordinario de actividad.

  3. Estar al día de las obligaciones tributarias, estatales o autonómicas, con la Seguridad Social y no tener pendiente el pago de ninguna deuda con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

La tramitación, sólo online: todas las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Se deberán cubrir todos los campos obligatorios.

Cuantía:

  1. 1.200 euros con carácter general.

  2. 2.000 euros para las personas trabajadoras autónomas m en sectores cuya actividad estuviese especialmente paralizada.

Las ayudas no son acumulables.

Plazo de presentación: del 18 de noviembre al 18 de diciembre de 2020.

Tienes toda la información sobre esta línea de ayudas en la sede electrónica de la Xunta con el código de procedimiento TR400A

PROGRAMA I DE MICROEMPRESAS:

Beneficiarios: personas trabajadoras autónomas con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, las microempresas -cualquiera que sea su forma jurídica- y excepcionalmente las pymes, siempre y cuando desarrollen su actividad en los sectores paralizados a causa de la pandemia.

Requisitos:

  1. Domicilio fiscal en Galicia

  2. Que tengan o tuvieran autorizado un Expediente de Regulación Temporal (ERTE) por la Covid-19 desde la declaración el estado de alarma.

  3. Que la facturación haya bajado al menos el 45% en 2020 comparando lo facturado durante todo el 2019 y los tres primeros trimestres de 2020.

  4. Estar al día de las obligaciones tributarias, estatales o autonómicas, con la Seguridad Social y no tener pendiente el pago de ninguna deuda con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

La tramitación, sólo online: todas las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Se deberán cubrir todos los campos obligatorios.

Cuantía:

  1. 4.000 euros con carácter general.

  2. 5.000 euros para actividades especialmente paralizadas.

Plazo de presentación: del 28 de noviembre al 28 de diciembre de 2020.

Tienes toda la información sobre esta línea de ayudas en la sede electrónica de la Xunta con el código de procedimiento TR400B

PROGRAMA II DE HOSTELERÍA:

Beneficiarios: personas trabajadoras autónomas (persona física o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo), microempresas y pymes del sector de la hostelería (también se consideran dentro del sector de la hostelería los hoteles, hostales,

casas rurales y otros tipos de alojamientos).

Requisitos:

  1. Domicilio fiscal en Galicia

  2. -Estar afectado por los supuestos de cierre del establecimiento o de cierre perimetral del ayuntamiento en los que se sitúen los hoteles, hostales, casas rurales y otros tipos de alojamientos, dictados por la autoridad sanitaria de la Xunta de Galicia.

  3. Tener cerrada la actividad durante un mínimo de dos semanas. Se entenderá que está afectada por el cierre aquella actividad económica que no permita el consumo de los clientes dentro del establecimiento o en las terrazas del mismo.

  4. Estar al día de las obligaciones tributarias, estatales o autonómicas, con la Seguridad Social y no tener pendiente el pago de ninguna deuda con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Cuantía:

  1. 1.500 euros por establecimiento y mes de paralización de actividad (si es menos de un mes, se prorratea).

  2. 2.000 euros por establecimiento y mes de paralización si tienen diez o más personas trabajadoras.

Plazo de presentación: del 28 de noviembre al 28 de diciembre de 2020.

Tienes toda la información de esta línea de ayudas en la sede electrónica de la Xunta con el código de procedimiento TR400C.

AYUDAS PARA INSTALACIÓN, REFORMA Y ADAPTACIÓN DE LAS TERRAZAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN Y LA ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE ENVASADO Y EMBALAJE PARA EL SERVICIO DE CONSUMO EN DOMICILIO

Beneficiarios: pymes, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Requisitos:

  1. Domicilio fiscal en Galicia

  2. Estar al día de las obligaciones tributarias, estatales o autonómicas, con la Seguridad Social y no tener pendiente el pago de ninguna deuda con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

La tramitación, sólo online: todas las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Se deberán cubrir todos los campos obligatorios.

Elementos subvencionables:

  1. Terrazas: instalación, reforma y adaptación de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración- en espacios públicos o privados. cerramientos estables, toldos, mamparas, cortavientos, parasoles y tarimas mesas, sillas y jardineras, sistemas de iluminación y de aparatos calefactores exteriores, mejora de la fachada exterior del local.

  2. Elementos de envasado y embalaje para el servicio de consumo en el domicilio tanto entrega a domicilio como de recogida en el propio establecimiento 100% biodegradables.

Cuantía:

  • 80 % de los conceptos subvencionables, con una inversión subvencionable mínima por solicitud de 1.500 euros.

Plazo de presentación: hasta el 28 de febrero de 2021.

Tienes toda la información de esta línea de ayudas en la sede electrónica de la Xunta o pinchando aquí

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