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SubvencionesVigentes

Galicia Exporta Empresas 2025

By 26 mayo 2025junio 6th, 2025No Comments

Título

Galicia Exporta Empresas 2025

Descripción

Se convocan en concurrencia no competitiva ayudas cuyo objeto es apoyar e incentivar acciones de promoción exterior que mejoren la competitividad de las empresas gallegas y refuercen su presencia en los mercados internacionales.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 26/05/2025 hasta 30/09/2025

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, incluidos los autónomos, que reúnan los siguientes requisitos:
a) Cumplir con la definición de pyme.
b) Tener algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia, y contar en el dicho centro con por lo menos un trabajador por cuenta ajena, en la fecha de publicación en el DOG de estas bases de ayudas. Este último requisito no es aplicable a Startups con certificación de Enisa en vigor y aquellas empresas constituidas con menos de 42 meses de antigüedad en la fecha de publicación de las bases de ayudas.
c) Estar dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con un informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. En caso de no estar inscritas, deberán solicitar el alta a través del procedimiento IG192 antes de la fecha de presentación de la solicitud.
d) Estar al corriente en sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
e) Tener capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

 

Requisitos principales del Proyecto

Serán subvencionables los proyectos de internacionalización en los que se ejecuten una o varias de las siguientes acciones:
a) Promoción: Acciones destinadas a reforzar la presencia de la empresa en mercados exteriores a través de actuaciones como la participación como expositor en ferias u otros eventos expositivos internacionales, tanto presenciales como virtuales. 
Se incluyen también misiones comerciales directas e inversas, orientadas a fomentar el contacto con potenciales clientes y socios internacionales.
 
b) Marketing y comunicación internacional: Acciones orientadas a promover la imagen, los productos o servicios de una empresa en los mercados exteriores, con el objetivo de aumentar la visibilidad, reforzar el posicionamiento de marca e impulsar la internacionalización.
 
c) Prospección en mercados internacionales: Acciones orientadas el análisis de competencia en el extranjero: análisis de competidores, identificación de buenas prácticas, benchmarking funcional u otros de naturaleza similar.
 
d) Operatividad de la internacionalización: Acciones destinadas a facilitar y optimizar la expansión de las empresas gallegas en los comprados exteriores, reforzando su competitividad y garantizando una operatividad eficiente, mediante la adaptación a normativas internacionales, la homologación de productos u otras iniciativas que favorezcan su consolidación en el ámbito global.
 
e) Digitalización para la internacionalización: Acciones vinculadas a la adopción y uso de tecnologías digitales que faciliten el acceso y posicionamiento de una empresa en mercados internacionales.
 
El plazo de ejecución comenzará el 1 de enero de 2025. El proyecto objeto de la ayuda no podrá estar completamente ejecutado (fecha de la última factura) en el momento de presentar la solicitud.
Este plazo finalizará en la fecha indicada en la resolución de concesión, sin exceder nunca:
• El 30 de noviembre de 2025, para solicitudes con acciones previstas hasta esa fecha.
• El 31 de enero de 2026, para solicitudes con acciones previstas hasta ese momento.
Estas fechas representan los plazos máximos para la emisión y pago de las facturas correspondientes. Dentro del período de ejecución, deberá presentarse la solicitud de cobro. Además, las acciones realizadas entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025 podrán ser imputadas al ejercicio de 2026.
 
El gasto mínimo subvencionable del proyecto, excluidos los costes indirectos será de 3.500 € (IVA excluido).

 

Inversiones y gastos subvencionables

Los gastos subvencionables se clasifican en:

Costes directos: determinados en base a su coste real.

Costes indirectos: son aquellos costes distintos de los costes directos subvencionables, que no pueden vincularse directamente a la actividad subvencionada pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), suministros (comunicaciones, agua, electricidad, calefacción, teléfono), seguros, mantenimiento o limpieza.

Costes directos:

a) Promoción.

1º. Gastos asociados a la participación en ferias comerciales de carácter internacional, otros eventos expositivos internacionales y misiones comerciales directas:

2º. Gastos por participación en ferias u otros eventos expositivos virtuales:

3º. Misiones comerciales inversas:

b) Marketing y comunicación internacional.

– Gastos para la realización de campañas de publicidad en medios de comunicación impresos o digitales siempre que su difusión se realice en el extranjero: compra de espacios publicitarios e inserciones en medios.

– Gastos para campañas o inserciones publicitarias en catálogos físicos o digitales y/o en páginas web de importadores/distribuidores del extranjero: compra de espacios publicitarios e inserciones en los catálogos.

– Gastos para la elaboración de catálogos físicos o digitales para su difusión en mercados extranjeros: son elegibles los gastos de diseño, elaboración, edición, montaje, producción, traducción, impresión y adaptación de catálogos en línea para su difusión en mercados internacionales. Este gasto solo podrá ser subvencionable cuando esté vinculado a la ejecución, por lo menos, de una acción de promoción debidamente justificada.

c) Prospección en mercados internacionales.

– Gastos para la elaboración de documentos que incluyan la metodología enfocada a descubrir nuevos mercados internacionales para la empresa y sus productos, a través del estudio de la competencia en dichos mercados tales como análisis de competidores, identificación de buenas prácticas, benchmarking funcional o similares: servicios de consultoría.

Límite de gasto:

El límite máximo de gasto subvencionable es de 5.000 € por solicitud.

– Gastos para acciones de seguimiento de contactos o de clientes ya existentes en el extranjero para la consolidación del negocio y la implantación promocional en destino: servicios de consultoría.

d) Operatividad de la internacionalización.

– Gastos para gestión de acuerdos comerciales internacionales, certificaciones, homologaciones y registros de marcas y patentes de productos y servicios para el extranjero (se incluyen los códigos fuente/códigos objeto); Informe de libertad de operación o Freedom to Operate (FTO) u otros de naturaleza similar debidamente justificados; adaptaciones del producto necesarias para su comercialización en el mercado de destino; asesoría para logística internacional: consultoría, asistencia jurídica y técnica.

– Servicios para la traducción de documentación.

– Gastos de las tasas específicas e inherentes a los servicios siempre que estén relacionados con la actuación subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

e) Digitalización para la internacionalización.

– Creación de nuevas tiendas en línea o adaptación de las existentes para promover la venta en mercados internacionales, así como el pago de cuotas para la introducción de los productos de la empresa en plataformas de comercio electrónico en los mercados objetivo.

– Creación y adaptación de catálogos en línea para el marketing y las ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B como B2C.

– Soluciones de inbound marketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio en línea.

– Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores (KPI) para el seguimiento y optimización de los canales de venta y marketing en línea.

Costes indirectos.

Se fijan en un tipo fijo del 7 % sobre los costes directos subvencionables

 

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda será de una subvención del 70 % de los costes directos subvencionables.

El importe máximo total de subvención será de 150.000 € por empresa costes indirectos incluidos. En el caso de los gastos relativos a las acciones tipo a) Promoción, b) Marketing y comunicación internacional, c) Prospección en mercados internacionales y d) Operatividad de la internacionalización, el importe máximo de subvención será de 100.000 €, costes indirectos incluidos. En el caso de los gastos relativos a las acciones tipo e) Digitalización para la internacionalización el importe máximo de subvención será de 50.000 € costes indirectos incluidos.

 

Álvarez Real
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