Tras la obligatoriedad del registro de la jornada laboral, y el comienzo de su aplicación el día 12 de Mayo, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ha elaborado un documento – guía sobre el registro de la jornada laboral – con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma, en el que se recogen diversos criterios en relación con este deber formal empresarial, sin perjuicio de la interpretación de la norma que corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social.

 

Este registro de la jornada laboral deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora, según establece el Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, sobre medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

 

En este enlace puede acceder a dicha guía.

Álvarez Real
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