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KIT DIGITAL – Ayudas para la digitalización de empresas entre 10 y 49 trabajadores

Por 15 marzo 2022septiembre 15th, 2022Sin Comentarios

Título

KIT DIGITAL – Ayudas para la digitalización de empresas entre 10 y 49 trabajadores

Descripción

Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo comprendidas en el citado Segmento (entre 10 y menos de 50 trabajadores), seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 15/03/2022 hasta 15/09/2022

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas y personas autónomas, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que tengan entre 10 y menos de 50 empleados.
 
Están excluidas: 
– Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
– Las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Requisitos principales del Proyecto
– Tener una antigüedad mínima de 6 meses en la actividad.
– Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital.
– El beneficiario, para adoptar las soluciones digitales accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa y destinar el importe de la subvención a estas, deberá formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.
– No tener la consideración de empresa en crisis.
– Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
– No superar el límite de ayudas de minimis.
– No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea ni a ninguna prohibición de la Ley de Subvenciones.

Inversiones y gastos subvencionables

  • Sitio web y presencia en internet
  • Comercio electrónico
  • Gestión de redes sociales
  • Gestión de clientes
  • Business intelligence y analítica
  • Gestión de procesos
  • Factura electrónica
  • Servicios y herramienta de oficina virtual
  • Comunicaciones seguras y ciberseguridad

Cuantía de las ayudas
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 12.000€.