El registro retributivo o salarial será obligatorio para todas las empresas en España a partir del próximo del 14 de abril de 2021 y su incumplimiento se penalizará con sanciones de hasta 187.000 euros. Así se establece en el Real Decreto 902/2020 aprobado por el Gobierno con el fin de garantizar la igualdad de trato y la no discriminación salarial entre hombres y mujeres aplicando los principios de transparencia. Su principal objetivo es combatir las brechas salariales, identificarlas y, en su caso, sancionarlas. 

En realidad, el registro retributivo es un documento donde deberá recogerse toda la información salarial de la empresa, de forma detallada, que muestre de manera separada las retribuciones de hombres y mujeres de la plantilla.

Su finalidad no es otra que garantizar la transparencia de las retribuciones y facilitar un acceso a esta información, independientemente del tamaño de la empresa. pero ¿qué debe incluir? Pues toda la información sobre los salarios, incluyendo personal directivo y altos cargos. El período de referencia será de un año natural.

En concreto, tendrá que especificar los siguientes datos, todos ellos desgregados por sexos:

  • Salario total anual y brecha de género de este concepto.
  • Salario base anual y brecha de género de este concepto.
  • Complementos salariales anuales y brecha de género de este concepto.
  • Percepciones extrasalariales y brecha de género de este concepto.
  • Percepciones anuales por horas extraordinarias y por horas complementarias y brecha de género de este concepto.

En el caso de las empresas con más de 50 trabajadores, si existe una diferencia de un 25% o más entre los salarios de hombres y mujeres, debe incluirse en el registro salarial una justificación de que esa diferencia no está relacionada con el sexo de la plantilla.

Por otra parte, las empresas obligadas a realizar un plan de igualdad tendrán que incluir en él una auditoría retributiva para comprobar si se cumple el principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia salarial.

¿Qué ocurre si una empresa no realiza el registro? 

La ausencia del registro retributivo podrá dar  inicio a acciones administrativas y judiciales y/o a la aplicación de las sanciones por discriminación.

Así, las empresas que falseen o no realicen el registro retributivo podrían ser sancionadas según el régimen de infracciones y sanciones de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), en función de la gravedad de los hechos. 

Para las infracciones más graves podrán imponerse sanciones de entre 6.251 y 187.515 euros.

Para la elaboración de su informe registro retributivo póngase en contacto con nosotros, nuestro equipo de expertos resolverá todas sus dudas y le asesorará debidamente.

Silvia Paredes
Departamento Laboral Álvarez Real

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