El 76% de los españoles compra lotería de Navidad y de este abultado porcentaje, tres de cada cuatro personas la comparten con la familia, amigos o compañeros de trabajo. Las voces de los niños y niñas de San Idelfonso marcan el inicio de las fiestas porque el sorteo del 22 de diciembre es una tradición tan navideña como el turrón o las uvas de Fin de Año.
Para que no tengas ningún problema ni te asalten dudas de última hora respecto a la compra o adquisición de décimos o participaciones, en Alvarez Real te explicamos qué debes hacer para evitar disgustos si tu número es uno de los afortunados del bombo.
Así que toma nota. Esto es lo que debes saber:
¿Cómo cobro el premio?
Si el importe es menor de 2.000 euros solo tienes que acudir a una administración de lotería. Puedes hacerlo al día siguiente del sorteo.
Si el importe es igual o superior a los 2.000 euros hay que acudirá a las entidades financieras autorizadas, BBVA y Caixabank. Puedes hacerlo al día siguiente del sorteo.
¿Y si es compartido?
Deben identificarse todas las personas que tienen participación y hacerlo con nombre, apellidos y DNI. Cuando el importe es elevado y los beneficiarios son muchos es recomendable designar un representante legal que realice las gestiones oportunas. Y siempre ante notario
¿La lotería caduca?
Sí. Todos los boletos premiados tienen fecha de caducidad y en el caso del Sorteo Extraordinario de Navidad y del Sorteo de El Niño es de tres meses desde la celebración de los sorteos.
He perdido el décimo ¿qué hago?
Avisar a Loterías y Apuestas del Estado y poner una denuncia en la Policía Nacional, Guardia Civil o en un juzgado. Es importante, por tanto, tener siempre una fotocopia del décimo o una foto como prueba de que tenías ese número. Debes hacerlo antes de que se realice el sorteo.
¿Cuánto se lleva Hacienda?
Hasta los 40.000 euros Hacienda no se queda ni un céntimo. A partir de ahí la cosa cambia. La retención es del 20% que se descuenta en el momento de cobrarlo.
¿El dinero del premio debo incluirlo en la declaración de la renta?
No, pero sí debes declarar los posibles rendimientos del dinero conseguido.
¿Y los premios en especie?
En este caso sí, y están sujetos a una retención del 19%.
¿El banco puede cobrarme una comisión por realizar el pago?
No, ni tampoco obligarte a abrir una cuenta en la entidad si no eres cliente.
Cómo evitar problemas con la lotería
La OCU hace una serie de recomendaciones muy útiles:
- Guarda tus décimos y haz fotocopias del anverso y del reverso.
- Si compartes décimos, hazlo constar por escrito o en un soporte duradero.
- Si encargas o intercambias décimos enteros, procura recogerlos y pagarlos antes del sorteo.
Y si compras lotería por Internet…
Hazlo únicamente en páginas oficiales de administraciones de lotería autorizadas o en la página web de loterías y apuestas del Estado.
Las participaciones, por escrito
Es aconsejable que cada persona que tenga una participación tenga una copia firmada con el nombre y DNI del depositario en que se indique la cantidad que la persona juega en ese número, especificando la serie y fracción.
Responsable área de Economistas, Fiscal y Contabilidad
Alvarez Real