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El 1 de enero de 2026 entra en vigor una modificación clave en los permisos laborales relacionados con el nacimiento, adopción o cuidado de menores. El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, amplía el permiso por nacimiento a 19 semanas retribuidas por progenitor, una medida que impactará tanto en las familias como en las empresas.

Aunque el permiso parental no ha sufrido cambios, es importante aclarar las diferencias para evitar errores de interpretación. Desde Álvarez Real te explicamos en este artículo te explicamos de forma detallada qué cambia, qué no y cómo afecta esta nueva normativa.

¿Qué cambia a partir del 1 de enero de 2026 en el permiso por nacimiento?

La novedad más importante es que el permiso por nacimiento, adopción o cuidado del menor se amplía de 16 a 19 semanas retribuidas. Esta ampliación introduce 2 semanas adicionales que pueden disfrutarse bajo determinadas condiciones.

Distribución del permiso por progenitor

Con la nueva regulación, cada progenitor dispondrá de:

  • 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al parto, que deben disfrutarse de forma ininterrumpida.
  • 11 semanas flexibles, que podrán organizarse hasta que el menor cumpla 12 meses.
  • 2 semanas adicionales, que podrán usarse hasta que el niño cumpla 8 años.

Es importante destacar que estas 2 semanas extra solo serán aplicables si el bebé ha nacido a partir del 2 de agosto de 2024, y podrán solicitarse exclusivamente desde el 1 de enero de 2026.

Financiación del permiso de nacimiento

La Seguridad Social cubrirá el 100 % de la base reguladora o el IPREM durante todo el tiempo de disfrute, garantizando que los progenitores cuenten con plena cobertura económica en el periodo establecido.

¿Qué no cambia?

El permiso parental de 8 semanas continúa en los mismos términos:

  • No tiene retribución.
  • Puede solicitarse hasta que el menor cumpla 8 años.
  • Puede disfrutarse a jornada completa o parcial, de forma seguida o fraccionada.

Esto significa que, a pesar de la confusión que ha circulado en algunos medios, el permiso parental no se convierte en retribuido con la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

Los errores más comunes

Para empresas, trabajadores y asesorías es fundamental diferenciar ambos permisos. Los errores más habituales que se están cometiendo son los siguientes:

  • Confundir las 2 semanas nuevas del permiso por nacimiento con el permiso parental.
  • Afirmar que el permiso parental pasa a ser retribuido. Esto no es cierto: el parental sigue siendo no remunerado.
  • Olvidar la fecha de entrada en vigor. Aunque las semanas adicionales ya están recogidas en el BOE, no podrán solicitarse hasta enero de 2026.

Evitar estas confusiones es clave para garantizar una correcta planificación en la gestión de recursos humanos y para que las familias conozcan sus derechos de forma clara.

En este contexto, el papel de las asesorías como Álvarez Real resulta fundamental para mantener a los clientes informados, asesorar en la solicitud de permisos y garantizar que las empresas cumplen con la normativa será determinante para evitar errores administrativos o legales.

Diferencias clave entre permiso por nacimiento y permiso parental

Permiso por nacimientoPermiso parental
Duración19 semanas (desde 2026)8 semanas
Retribución100 % base reguladora o IPREMNo retribuido
Ámbito de disfruteInmediato tras el parto y hasta los 8 añosHasta los 8 años del menor
Condiciones6 semanas obligatorias + 11 flexibles + 2 adicionalesJornada completa o parcial, seguido o fraccionado
Entrada en vigorAmpliación desde enero de 2026Sin cambios

En resumen, el permiso por nacimiento 2026 supone un avance en la conciliación familiar y laboral, ampliando las semanas retribuidas para cada progenitor. Sin embargo, es esencial diferenciarlo del permiso parental, que sigue sin ser remunerado.

Las empresas deberán anticiparse a este cambio normativo para organizar la cobertura de personal, mientras que las familias podrán beneficiarse de un mayor tiempo para el cuidado de sus hijos con apoyo económico.

En Álvarez Real trabajamos para que tanto trabajadores como empresas dispongan de toda la información necesaria y cuenten con el asesoramiento adecuado para gestionar correctamente estos permisos.

Álvarez Real
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