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SubvencionesVigentes

Plan de choque para la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería

By 5 agosto 2026No Comments

Título

Plan de choque para la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería

Descripción

El objetivo de estas ayudas consiste en responder de manera rápida a la necesidad de renovar los equipamientos del sector hostelero con el fin de reducir costes energéticos en el actual contexto geopolítico. Las ayudas reguladas en este real decreto tendrán como finalidad la sustitución de electrodomésticos o maquinaria industrial hostelera por otra de menor consumo energético en establecimientos de alojamiento y restauración turísticos, así como la renovación de terminales de climatización, toldos y sombrillas por otros más eficientes.
Queda fuera del marco de estas ayudas la sustitución de equipos y maquinaria por otros equipos y maquinaria que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 05/08/2026 hasta 30/09/2026

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este real decreto tanto las personas físicas y jurídicas, como las comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica que estén dadas de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que sean titulares de uno o varios establecimientos hosteleros ubicados en España y cuya actividad esté clasificada en alguno de los siguientes códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE):
55. Servicios de alojamiento.
55.1 Hoteles y alojamientos similares.
55.10 Hoteles y alojamientos similares.
55.2 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
55.20 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
55.3 Campings y aparcamientos para caravanas.
55.30 Campings y aparcamientos para caravanas.
55.4 Actividades de intermediación para los servicios de alojamiento.
55.40 Actividades de intermediación para los servicios de alojamiento.
55.9 Otros servicios de alojamiento.
55.90 Otros servicios de alojamiento.
56. Servicios de comidas y bebidas.
56.1 Restaurantes y puestos de comidas.
56.11 Restaurantes.
56.12 Puestos de comidas.
56.2 Servicios de catering y otros servicios de comidas.
56.21 Servicios ocasionales de catering.
56.22 Servicios regulares de catering y otros servicios de comidas.
56.3 Servicios de bebidas.
56.30 Servicios de bebidas.
56.4 Actividades de intermediación para los servicios de comidas y bebidas.
56.40 Actividades de intermediación para los servicios de comidas y bebidas.
 

Requisitos principales del Proyecto

Con carácter general, el plazo de ejecución y pago de las actuaciones subvencionables por parte del beneficiario, será de un mes desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda. No obstante, también se podrán imputar gastos correspondientes a la actuación subvencionada, desde el 1 de marzo de 2026.
Se conceden por orden de entrada de la solicitud con toda la documentación necesaria.
Disponer de de título jurídico válido para realizar la actividad en el establecimiento.
Solo se admitirá una solicitud por establecimiento. En caso de que un beneficiario tenga varios establecimientos, se admitirá una solicitud por cada uno de ellos, siempre que se trate de equipamientos para establecimientos diferentes.
 

Inversiones y gastos subvencionables

Se consideran costes elegibles todos aquellos necesarios para completar la renovación del equipo de hostelería. En concreto, serán costes elegibles aquellos que se relacionan a continuación:

a) La inversión en equipos y materiales efectuada.

b) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones, en su caso.

c) Los costes de gestión de residuos generados por la renovación del equipamiento.

d) Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el/la técnico competente, del certificado de eficiencia energética previsto en el artículo 9.3.b).

e) Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda.

f) Los costes de justificación de estas ayudas.

Cuantía de las ayudas
La intensidad de la ayuda podrá alcanzar hasta el 100 % del coste subvencionable de la actuación.

Álvarez Real
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