Título
Plan renove de maquinaria agrícola 2025
Descripción
Se convocan, en régimen de concesión directa, para el ejercicio 2025, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las
subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.
Resumen
Plazo de solicitud
Desde 08/07/2025 hasta 15/09/2025
Beneficiarios
Requisitos principales del Proyecto
Inversiones y gastos subvencionables
a) Tractores agrícolas.
b) Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productosfitosanitarios, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicaciónlocalizada de purines, equipos de manipulación y carga y trituradoras de residuosvegetales.
c) Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradoras directas, abonadoras,equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuosvegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales y cisternas depurín con sistemas de aplicación localizada de producto en el suelo (rejas ydiscos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo),así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de lacisterna.
d) Componentes de agricultura de precisión para adaptación de equipos en laexplotación: sensor NIR, sistema de autoguiado, sistema de adaptación demáquinas para trabajo variable y kit de adaptación ISOBUS.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de las subvenciones será la siguiente, en función del tipo de maquinaria:
Tractores: La cuantía base de la subvención se establece en 120 euros por kilovatio (kW), de la potencia de inscripción del tractor a retirar, que conste en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
Máquinas automotrices agrícolas: La cuantía base de la subvención se establece en 120 euros por kilovatio (kW) de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5, de la máquina automotriz a retirar al final de su vida útil.
Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios: La cuantía base de la subvención se establece en el 30 % de la inversión sin IVA, realizada para la nueva máquina, y no podrá superar los 4.500 euros en el caso de abonadoras y de 6.000 euros para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
Sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, para sustituir equipos de aplicación por platos, abanico o cañón, trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda, así como otras máquinas, equipos o dispositivos que se establezcan según el artículo 4.1.d) y e): La cuantía de la subvención se establece en el 30 % de la inversión sin IVA o IGIC realizada para la nueva máquina. La subvención no podrá superar los 20.000 euros en el caso de las sembradoras y las cisternas para purines, los 6.000 euros en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 euros en las trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda.