Esta semana el BOE publicó la modificación del reglamento que establece el procedimiento que tendrán que seguir los autónomos que el año pasado cotizaron de más y que fija los plazos para renunciar a la regularización de cuotas de 2023 que la Seguridad Social comenzará a hacer en octubre.

¿Qué pasa si el año pasado pagué menos cuota de la correspondiente?

En función de sus ingresos reales, los autónomos tendrán 30 días para abonar a la Tesorería las diferencias de cotización desde el momento en el que Seguridad Social les envíe la carta de pago.

¿Y qué plazos marca cuando es la Tesorería quien tenga que devolver el exceso de cotización?

Aquellos autónomos que no renuncien voluntariamente a la devolución de sus cuotas -o no cumplan los requisitos para hacerlo- recibirán un pago de la Seguridad Social con la diferencia de cotización que abonaron de más el año pasado y podrán hacerlo hasta el 30 de abril del 2025.

¿Qué pasa si renuncio a su devolución?

En este caso, los autónomos que el año pasado cotizaron demás y quieran renunciar a devolución ese extra irá para mantener la cuantía de sus futuras pensiones de jubilación y del resto de prestaciones.

Además, desde que la Seguridad Social comunique a un autónomo la regularización tendrán hasta finales del mes siguiente para poder renunciar a la devolución de sus cuotas. 

¿La Seguridad Social hará algún cargo extraordinario a finales de este mes de julio?

Es importante saber que posiblemente a 31 de julio cargará en el recibo de autónomos unas diferencias de cotización de aproximadamente 36,87 euros. Esta diferencia no tiene nada que ver con la regularización de la que hablamos, sino que es producto de no haber actualizado la propia TGSS la cuota que correspondía por aplicar la base mínima que entró en vigor en enero de 2023 para autónomos societarios y familiares colaboradores. 

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