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SubvencionesVigentes

Primera experiencia profesional juventud 2025 (TR353C)

By 27 mayo 2025junio 6th, 2025No Comments

Título

Primera experiencia profesional juventud 2025 (TR353C)

Descripción

Esta convocatoria tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2025, de subvenciones para la contratación por cuenta ajena que realicen las empresas y personas empleadoras para facilitar a jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo una primera experiencia profesional mediante contratos formativos.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 27/05/2025 hasta 30/09/2025

Beneficiarios

 
Personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.
 
También pueden ser beneficiarios los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente.
 
Las personas autónomas que, a su vez, sean autónomas societarias solo podrán presentar una solicitud. En caso contrario, ambas solicitudes quedarán excluidas por incumplimiento de los requisitos establecidos.

 

Requisitos principales del Proyecto

 
Los contratos tendrán una duración mínima de doce (12) meses y deberán ser a jornada completa.
Serán subvencionables en las modalidades de contrato para la obtención de práctica profesional y de contrato de formación en alternancia tanto las nuevas contrataciones como las contrataciones realizadas con anterioridad a la solicitud de estas ayudas, siempre que se cumplan todos los requisitos recogidos en esta orden.
 
El período durante el que se tienen que realizar los contratos formativos para ser subvencionables será desde el 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025.
En el caso de nuevas contrataciones, el período máximo para realizarlas finalizará a los veinticinco (25) días hábiles siguientes al de la recepción de la notificación de la concesión de la ayuda y, en todo caso, el 15 de octubre de 2025.
En el caso de que el plazo de veinticinco (25) días hábiles para la realización de los contratos se extendiera más allá del 15 de octubre de 2025, esa será en todo caso la fecha límite (15.10.2025).
 
El número máximo de contratos subvencionables se establece en tres (3).
Las personas empleadoras y empresas beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden que no realicen, como mínimo, un 50 % de las contrataciones que les fueran concedidas serán excluídas de la próxima convocatoria.
 

Inversiones y gastos subvencionables

– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos para la obtención de la práctica profesional.

– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos de formación en alternancia.

Cuantía de las ayudas

Las cuantías máximas del incentivo a la contratación por doce (12) meses a jornada completa que se concederá con carácter general serán las siguientes:

a) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.

b) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.

c) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.

 

Álvarez Real
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