Título
Programa de apoyo para la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas y para la adaptación de espcios (TR349W)
Descripción
Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2024 las ayudas establecidas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración para favorecer la contratación de mujeres desempleadas en la empresa ordinaria en ocupaciones masculinizadas, con la finalidad de contribuir a incrementar las bajas tasas de ocupación femenina en dichas ocupaciones.
A este fin se establecen dos líneas de ayudas:
1. Línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena de mujeres desempleadas.
2. Línea de ayudas para la adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo en la empresa, de carácter opcional, con la finalidad de eliminar barreras y/u obstáculos que impidan o dificulten el acceso y el desempeño profesional de las mujeres en ocupaciones masculinizadas.
Resumen
Plazo de solicitud
Desde 19/07/2024 hasta 30/09/2024
Beneficiarios
Inversiones y gastos subvencionables
- Las contrataciones por cuenta ajena de mujeres en ocupaciones masculinizadas o con infrarrepresentación femenina en la contratación; dicha ocupación y su codificación deberá constar en el contrato de trabajo.
- Igualmente, serán subvencionables al amparo de este programa los gastos derivados de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo en la empresa, con la finalidad de eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el acceso y el desempeño profesional de las mujeres en la empresa (aseos, vestuarios, espacios para menores, etc.).
Cuantía de las ayudas
1. Incentivos a la contratación:
a)Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo completo de mujeres desempleadas se incentivarán con una cuantía base de 15.000 €. En caso de reducción de jornada por cualquiera causa, la cuantía se reducirá en proporción a la jornada realizada.
b) Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial (mínimo 50 %) y las contrataciones indefinidas fijas-discontinuas (mínimo 6 meses) se incentivarán con una cuantía base de 7.500 €.
Las cuantías indicadas anteriormente se incrementarán en un 15 % en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:
I. En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
II. Si la mujer contratada es una persona con discapacidad.
III. Si la mujer contratada es mayor de 45 años.
IV. Si la mujer contratada es emigrante retornada o extranjera.
V. Si la mujer contratada es persona trans.
La cuantía máxima posible a subvencionar por cada persona contratada con carácter indefinido es de 26.250 €.
2. Gastos derivados de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo:
El importe máximo de la ayuda será de 10.000 €.