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Programa del bono de las personas autónomas-TR341Q

By 3 febrero 2020abril 15th, 2020No Comments

Título

Programa del bono de las personas autónomas-TR341Q.

Descripción

Convocatoria pública de ayudas del Programa del bono de las personas autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 03/02/2020 hasta 03/03/2020

Beneficiarios

– Personas trabajadoras autónomas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional y que tenga domicilio fiscal en Galicia.
– Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia.

Requisitos principales del Proyecto

Autónomos:
– Que la persona trabajadora autónoma tenga una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses.
– Que la persona trabajadora autónoma tenga un rendimiento neto reducido del ejercicio 2018 inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluído.
– Que la persona trabajadora autónoma permanezca de alta en el RETA o en la mutualidad de colegio profesional durante un período mínimo de 2 años contados desde la solicitud.

Sociedades:
– Que tengan una persona autónoma societaria con una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses.
– Que la empresa tenga una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluído en la declaración referida al año 2018.
– Que la empresa tenga una base imponible en el impuesto de sociedades de la declaración referida al año 2018 realizada, inferior a 30.000 euros (según la casilla 552 del impuesto de sociedades). En el caso de entidades que tributen en régimen de atribución de rentas este importe de 30.000 euros rse referirá al rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declaradas en el  IRPF de la suma de todos los miembros de la sociedad o bien de la comunidad de bienes.

Exclusiones:
– Personas que cobrasen la ayuda de bono de personas autónomas en alguna de las anteriores  convocatorias.
– Los familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas o mutualistas del colegio profesional y que no tengan la condición de personas trabajadoras por cuenta ajena.

Inversiones y gastos subvencionables:  

Esta ayuda tendrá dos líneas de actuación:

– Línea 1: Mejora de la competitividad a través de los siguiente servicios: Investigación de mercado, plan de marketing, plan de comunicación del negocio, plan estratégico del negocio, plan de crecimiento: constitución de sociedad, plan de reorientación del negocio, plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio, plan de refinanciamiento, otros estudios y planes.
– Línea 2: Mejora de la competitividad a través de las siguientes inversiones: Compra de maquinaria, compra de útiles y herramientas, reforma del local de negocio, equipos informáticos, rótulos, aplicaciones informáticas y páginas web, creación logotipo negocio, mobiliario.

Cuantía de las ayudas

El 80% del gasto subvencionable. Con un máximo de 3.000€.