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Programa nueva oportunidad de las personas trabajadoras autónomas (TR790A)

Por 11 agosto 2022septiembre 12th, 2023Sin Comentarios

Título

Programa nueva oportunidad de las personas trabajadoras autónomas (TR790A)

Descripción

La finalidad es facilitar la vuelta a la actividad económica a la persona emprendedora a quien le fue mal en su anterior negocio pero que tiene la experiencia práctica y la iniciativa de volver a emprender, en el mismo o en diferente sector.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 11/08/2022 hasta 31/10/2022

Beneficiarios

1. Para las personas trabajadoras autónomas que cesaron en su actividad y van a volver a emprender un negocio como personas trabajadoras autónomas y son demandantes de empleo en el momento previo a la nueva alta como persona trabajadora autónoma.
 
2. Para las que estén de alta como personas trabajadoras autónomas y quieren volver a emprender en otro sector. La finalidad es facilitar el cambio de actividad económica a la persona emprendedora que desea cambiar su actividad, tiene la experiencia práctica y la iniciativa de volver a emprender y quiere hacerlo en otros sectores económicos como los considerados emergentes o vinculados a la economía circular, entre otros.
 

Requisitos principales del Proyecto

1º. Personas autónomas o que hayan sido autónomas con anterioridad, y que quieren volver a emprender:
Serán beneficiarias de las ayudas las personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, en el período de 1 de enero de 2022 a 30 de octubre de 2022, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Haber cotizado anteriormente a esta nueva alta por lo menos durante 3 meses ininterrumpidos en su vida laboral en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional.
b) Estar inscrita como persona demandante de empleo en los servicios públicos de empleo con carácter previo a la nueva alta y carecer de ocupación efectiva, no tener contrato laboral en vigor y encontrarse en tal situación en la fecha inmediatamente anterior a la de inicio de la actividad laboral.
c) Transcurrir un período mínimo de dos meses entre la nueva alta en la Seguridad Social y la anterior baja.
d) Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
 
2º. Personas autónomas que quieren cambiar de sector de actividad:
También serán beneficiarias de las ayudas de este programa las personas que estén de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, y hayan iniciado una nueva actividad en un sector distinto al anterior, en el período de 1 de enero de 2022 a 30 de octubre de 2022, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener cotizado, anteriormente a esta nueva alta por lo menos durante 6 meses ininterrumpidos en su vida laboral, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional. 
b) Tener un alta como persona trabajadora autónoma en un sector diferente al anterior, para lo cual se tendrá en cuenta el CNAE y el IAE (modelos 036 o 037). 
c) Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia. En ambos casos los requisitos deberán cumpliera bien en la fecha de la solicitud o bien en la fecha del inicio de la actividad, según el caso.

Cuantía de las ayudas

Los apoyos del programa se estructuran en dos bonos:

– Bono alta nueva oportunidad para ayudar a la puesta en marcha del nuevo negocio de 9000 euros

– Bono formación y/o mentoring para acompañar y ayudar en la puesta en marcha del Negocio de 1600 euros