Título
Préstamos avalados para el apoyo de las pymes por el COVID (REAVAL COVID 19)
Descripción
Instrumentación de préstamos a largo plazo para liquidez de pymes y autónomos.
Resumen
Plazo de solicitud
Desde 02/04/2020 hasta 30/09/2020
Beneficiarios
Pymes con domicilio fiscal y actividad económica en Galicia. También las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y cualquier otra sin personalidad jurídica que cumpla los requisitos.
Requisitos principales del Proyecto.
Se debe formalizar un préstamos a 4 años del cual:
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Un mínimo del 35% del principal será aplicado al pago de: proveedores; acreedores por prestación de servicios, alquileres o suministros; pago de nóminas y seguros sociales; gastos financieros operativos; pago de impuestos y primas de seguros.
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Un máximo del 65% podrá ser aplicado a la cancelación de deudas bancarias y otros conceptos, siempre y cuando corresponda a alguna de las siguientes modalidades:
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Pago de cuotas de préstamos, leasing y/o renting vencidas o que venzan durante los tres meses siguientes a la fecha de formalización.
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Pago de saldos dispuestos de pólizas de crédito, siempre que estas incrementen su disponible en la cuantía de la aplicación del préstamo a esta finalidad, y se mantengan abiertas hasta su vencimiento.
- Deudas bancarias vencidas, cuyo vencimiento se produjese con posterioridad al 1 de marzo de 2020.
- La comisión del aval así como las aportaciones al capital de las Sociedades de Garantía Recíproca.
Limitaciones
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La cuantía del préstamos será igual o superior a 3.000€ e igual o inferior a 200.000€.
Siempre que no supere:
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El doble de los costes salariales anuales del beneficiario (incluidas las cargas sociales) correspondientes a 2019 o al último año disponible. Si la empresa se creó después del 1 de enero de 2019, el importe máximo del préstamo no podrá superar, a estos efectos, la estimación de los costes salariales anuales para los primeros dos años de actividad. O bien,
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El 25% del volumen de negocios total del beneficiario en 2019.
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Cuantía de las ayudas
La ayuda es un reaval del Igape por el 25% del riesgo, ampliable. El crédito será avalado al 100% por una SGR.
El Igape subvencionará/podrá subvencionar a fondo perdido un importe equivalente a la suma de los intereses de los préstamos amparados en esta línea de financiación.
Tipo de interés: máximo un 1.5% nominal anual.
Comisiones: máximo un 0.60% de comisión de apertura y estudio. Máximo un 0.50% de comisión de aval – a cobrar por la SGR, así como un máximo del 4% del importe de la financiación en concepto de aportación al capital social de la SGR.
ENTIDADES BANCARIAS ADHERIDAS:
– Caixa Rural Galega
– Abanca
– Bankinter
– Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
– Banco de Sabadell
– Banco Santander
– Caixabank