Los ganaderos afectados por el denominado cártel de la leche, integrado por las grandes industrias del sector lácteo y sancionado por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) por prácticas ilegales, como pactar los precios entre los años 2000 y 2013, ya pueden reclamar indemnizaciones por los daños y perjuicios causados.

Competencia condenó el pasado 11 de julio a los grandes grupos de la industria láctea a pagar multas por importe de 80,6 millones de euros por estas prácticas anticompetitivas y con su decisión abrió la puerta de los tribunales a las explotaciones perjudicadas por este comportamiento del cártel.

Así, la CNMC determinó como infracción muy grave “intercambiar información para coordinar estrategias comerciales en detrimento de los intereses de los ganaderos”.

En Álvarez Real, a través de nuestro departamento jurídico, te prestamos un asesoramiento completo. Nuestros expertos están a tu disposición para que puedas reclamar lo que te corresponde. Las empresas sancionadas por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia son las siguientes:

Tabla/Fuente: www.campogalego.com

¿A qué empresas pueden reclamar los ganaderos?  Las que formaban parte del denominado cártel de la leche, donde también estaban casi todas las grandes industrias lácteas que operan en Galicia. Danone, la Asociación de Empresas Lácteas de Galicia (Aelga), Calidad Pascual, Central Lechera de Galicia (Celega), Capsa, el Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña (GIL), Nestlé España, Puleva, Schreiber Food España y Grupo Lactaris Iberia. Otras empresas, como Industrias Lácteas Asturianas (ILAS), Feiraco, Leche Río, Leche Celta, Forlactaria y Central Lechera Asturiana también participaron pero sus infracciones han prescrito.

¿Quién tiene derecho a interponer una demanda? Todos los titulares de explotaciones que tuvieron como compradoras a empresas del cártel de la leche entre los años 2000 y 2013.

¿Hay plazos para reclamar? Sí, hay un año de plazo tras la resolución de Competencia o lo que es lo mismo, se pueden presentar reclamaciones antes del 10 de julio de 2020.

¿Cuánto se puede reclamar? El importe equivalente al número de litros vendidos entre los años 2000 y 2013 multiplicado por tres céntimos.

¿Pueden reclamar las explotaciones que hayan cerrado? Sí.

¿Podemos garantizar la indemnización? No al cien por cien, pero en casos similares las resoluciones han sido favorables.

¿El cliente, al firmar el documento de adhesión, adquiere alguna obligación con Álvarez Real? No, nuestro despacho solo recabará los datos del ganadero para crear una base de afectados. En todo momento se le facilitará información de los pasos a seguir para iniciar la reclamación, si finalmente se considera viable.

¿A cuánto ascienden los gastos y honorarios? Cada caso se estudiará de manera individual, por lo que se presentará un presupuesto individual a cada cliente.

Cándido Álvarez Flores

Abogado. Socio director de Alvarez  & Alvarez Abogados

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