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La nueva normativa de seguros de vehículos cambia las reglas del juego y ahora determinados equipos y vehículos que circulan dentro de naves industriales o recintos privados también deben tener seguro obligatorio, incluso aunque no salgan a la vía pública y no tengan matrícula.

Desde julio de 2025, determinados equipos y vehículos que circulan dentro de naves industriales o recintos privados también deben tener seguro obligatorio, incluso aunque no salgan a la vía pública y tampoco tengan matrícula.

¿Qué vehículos deben asegurarse?

Ahora, se considera vehículo a motor cualquier equipo que cumpla uno de estos dos requisitos:

  • Supera los 25 km/h de velocidad máxima.
  • Pesa más de 25 kg y puede circular a más de 14 km/h.

Esto incluye, por ejemplo, carretillas elevadoras, apiladores motorizados o pequeños vehículos eléctricos de transporte interno. Si los usas en tu empresa o almacén, ya deben estar asegurados.

¿Qué pasa si no lo están?

Aunque todavía no haya sanciones directas de la DGT, el Consorcio de Compensación de Seguros podría reclamar los daños en caso de accidente. Además, la póliza de Responsabilidad Civil de Explotación ya no cubre este tipo de vehículos, por lo que es necesario un seguro específico de circulación.

Oportunidad para empresas y autónomos

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Esta nueva normativa abre una oportunidad para que empresas, talleres, concesionarios y gestores de flotas revisen y actualicen su parque móvil. Desde Álvarez Real recomendamos:

  1. Identificar todos los vehículos y equipos con motor que se utilicen dentro de las instalaciones.
  2. Clasificarlos según su peso, velocidad y tipo de uso.
  3. Comprobar si necesitan homologación: los fabricados desde 2022 ya lo están; los anteriores deberán pasar por este proceso, previsiblemente con esperas en Industria y la DGT.
  4. Contratar el seguro obligatorio de circulación correspondiente cuanto antes.

También conviene recordar que los vehículos nuevos transportados desde fábrica hasta el concesionario necesitan seguro obligatorio desde el momento en que bajan del remolque, mientras que los VPL expuestos o en cajas no.

En Álvarez Real ayudamos a las empresas a adaptarse a esta nueva obligación, identificando qué vehículos necesitan cobertura y evitando posibles sanciones o reclamaciones.

Si tu empresa utiliza carretillas o vehículos eléctricos dentro de la nave, es momento de revisar tus seguros.

Álvarez Real
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