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Subvenciones para equipos post covid establecimientos hosteleros 2022 (TU503E)

By 1 julio 2022septiembre 12th, 2023No Comments

Título

Subvenciones para equipos postcovid establecimientos hosteleros 2022 (TU503E)

Descripción

Se publican las ayudas para contribuir a la modernización y a la mejora de la competitividad de los establecimientos hosteleros inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT) mediante la realización de inversiones en equipamientos postcovid. Se conceden por concurrencia no competitiva.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 02/07/2022 hasta 01/08/2022

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector de la hostelería que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda, que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
A los efectos de estas ayudas se consideran dentro del sector de la hostelería los hoteles, hostales, casas rurales, albergues turísticos y otros tipos de alojamientos, además de restaurantes, bares y otros establecimientos de restauración.
Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).

Requisitos principales del Proyecto

Se considerarán actuaciones subvencionables todas aquellas que se desarrollen entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2022. En ningún caso se admitirán ni facturas ni justificantes de pago anteriores a 1 de enero de 2022.
 

Inversiones y gastos subvencionables

  • Sistemas domóticos, control de distancias, optimización de procesos, puertas y consignas automáticas, controles de acceso, renovación de aire, sistemas de climatización y softwares de control asociados.
  • Sistemas de check-in automáticos.
  • Cartelera, rotulación, señalización y actuaciones vinculadas con la misma.
  • Equipamiento, directo o indirecto, que pueda servir de apoyo o difusión en el control de la pandemia (medidores de CO2, ionizadores, dispensadores, etc.).
  • Reformas orientadas a la creación de espacios que sugieran mayor amplitud (colores claros, incorporación de espejos, etc.).
  • Envoltorios y material de un solo uso. El total de gastos destinados a este concepto no podrá superar el 10 % de los gastos totales subvencionables.
  • Procesos de desinfección y desinfección recurrente realizados por empresas externas con motivo de la COVID, que no tengan la consideración de gastos de limpieza común.
  • Nuevo equipamiento de higienizado y lavado.
  • Nuevo equipamiento para nuevos productos, presentaciones o métodos de conservación.
  • Equipamiento multiservicio.

Cuantía de las ayudas

El importe máximo de subvención será del 90 % de la inversión, con un máximo de 50.000 euros por beneficiario.

Álvarez Real
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