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Subvenciones para proyectos de energía foltovoltaica.

Por 17 mayo 2019marzo 6th, 2020Sin Comentarios

Título

Subvenciones para proyectos de energía foltovoltaica.

Descripción

Subvención a proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de electricidad mediante paneles solares fotovoltaicos.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 17/05/2019 hasta 18/06/2019

Beneficiarios

a) Las entidades locales de Galicia y entidades de ella dependientes.
b) Las entidades sin ánimo de lucro.
c) Empresas legalmente constituidas y autónomos.
d) Universidades públicas de Galicia.
Requisitos principiales del Proyecto
1. Podrán obtener derecho a subvención todas aquellas actuaciones descritas en el apartado de inversiones y gastos computables que se ejecuten dentro del territorio de la Comunidad Autónoma y el plazo de ejecución de los proyectos subvencionables se iniciará una vez se tenga efectuada la solicitud de ayuda ante esta entidad y acabará el 31/10/2019.
2. No serán subvencionables los proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Se entiende por inicio de los trabajos, o bien el inicio de los trabajos de construcción o bien el primero compromiso en firme para los pedidos de equipamientos u otros compromisos que hagan la inversión irreversible, si esta fecha es anterior.
3. Se establece un rendimiento mínimo del panel fotovoltaico del 5 % para que el proyecto sea subvencionable.
4. En el caso de solicitudes de empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica, la potencia máxima del proyecto será de 100 kWp.
5. La inversión elegible máxima por potencia unitaria (sin IVA) estará limitado por los 1.200 €/kWp.
 
Inversiones y gastos subvencionables
 
1. Los paneles solares fotovoltaicos.
2. El acondicionamiento de la energía eléctrica (inversores, convertidores, reguladores, cuadros eléctricos, elementos de interconexión, protecciones, cableado, equipaciones de medidas etc.), monitorización (sensores, adquisición de datos, comunicación remota etc.) y sistema de acumulación con baterías.
3. El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
4. El coste de montaje y conexionado.

Cuantía de las ayudas

Entidades locales y universidades:80 %
Entidades jurídicas sin ánimo de lucro (que non realicen actividad económica) y las comunidades de montes: 80 %
Empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica: 25 %. En el caso de pequeñas empresas, la ayuda se incrementará en 20 puntos porcentuales, y en el caso de medianas empresas en 10 puntos porcentuales.
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto para empresas será de 50.000 €. En universidades la cuantía máxima por proyecto será de 400.000 €, mientras que en entidades locales 25.000 € y entidades sin ánimo de lucro 10.000 €.
La cuantía máxima por beneficiario será de 400.000 €.