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SubvencionesVigentes

Subvenciones para proyectos de inversión en actividades empresariales para la diversificación agraria 2026 (MR708A)

By 20 enero 2026No Comments

Título

Subvenciones para proyectos de inversión en actividades empresariales para la diversificación agraria 2026 (MR708A)

Descripción

El objeto de esta resolución es establecer las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de inversión en actividades empresariales no agrícolas que gestiona la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, con el fin de reforzar el tejido productivo empresarial en las zonas rurales de Galicia mediante el apoyo a la adquisición de bienes de equipo inherentes a la actividad empresarial que están desarrollando las empresas existentes , con el fin de mejorar, ampliar o modernizar sus estructuras de producción y/o servicios, y convocar las correspondientes al año 2026. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 20/01/2026 hasta 19/02/2026

Beneficiarios

 
a. Las pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales y constituidas con anterioridad al 1 de septiembre de 2025.
b. Personas físicas que residan en una zona rural: Las personas solicitantes deberán estar sujetas al régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos con anterioridad al 1 de septiembre de 2025.
c. Titulares de una explotación agraria, o miembros de su unidad familiar hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.
 
Requisitos principales del Proyecto
 
El proyecto debe presentar un presupuesto elegible entre 20.000 € y 300.000 €.
No estar iniciados en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
Desarrollarse en el territorio de Galicia.
Ser finalistas, es decir, que en el momento del pago final cumplan los objetivos y funciones para los que se les concedió la ayuda.
Ser viables técnica, económica y financieramente.

 
Inversiones y gastos subvencionables

La adquisición de bienes de equipo con el objetivo de mejorar, ampliar y/o modernizar pequeñas empresas que desarrollan actividades productivas no agrarias en los siguientes sectores y ámbitos de actividad:

1º) Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. No obstante lo anterior, las inversiones relacionadas con la utilización de la madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de segunda transformación.

2º) Transformación y/o comercialización de productos agrarios con un presupuesto elegible inferior a 100.000 €.

3º) Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios agrícolas y forestales, y de las empresas de servicios energéticos, así como de las empresas que presten servicios en los sectores de hotelería (incluyendo todo tipo de empresas de alojamiento turístico), hostelería y restauración.

4º) Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, …).

5º) Actividades de ocio, recreativas y deportivas

6º) Artesanía y actividades artesanales.

7º) Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.

8º) Comercio al por menor.

 

Cuantía de las ayudas

La ayuda será del 50 % de los gastos subvencionables.

Álvarez Real
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