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Ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas (Galicia Exporta Organismos Intermedios).

Por 14 enero 2019marzo 6th, 2020Sin Comentarios

Título

Ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas (Galicia Exporta Organismos Intermedios).

Descripción

Ayudas para incentivar la puesta en marcha de planes de internacionalización mediante realización de acciones de promoción en el exterior de modo conjunto favoreciendo la cooperación empresarial y el aprovechamiento de sinergias entre varias empresas.


Resumen

Plazo de solicitud

Desde 14/01/2019 hasta 07/03/2019

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los organismos intermedios empresariales de Galicia.

Por organismos intermedios empresariales se entiende: las asociaciones empresariales, consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas, de indicaciones geográficas protegidas y de agricultura ecológica, clústers empresariales (con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y domiciliados en Galicia), que representen un colectivo de empresas gallegas, y los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica domiciliados en Galicia y que estén inscritos con anterioridad al 31.12.2016 en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación.

Se entiende por cluster empresarial a los efectos de estas bases las agrupaciones empresariales innovadoras que colaboren y desarrollen planes de internacionalización en cooperación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y que tengan creada una entidad con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que gestione la agrupación cluster.

Requisitos principiales del Proyecto

En cada acción deben participar un mínimo de dos pymes gallegas y/o el organismo solicitante de la ayuda representando a un mínimo de dos pymes gallegas.

Inversiones y gastos subvencionables

Siempre que estén facturados al organismo intermedio y sean pagados por éste entre el día de la presentación de la solicitud de la ayuda y el último día del plazo de ejecución establecido en la resolución de concesión:

  1. Para misiones directas y participación en eventos: GASTOS DE VIAJE de una persona por organismo intermedio y/o por cada pyme participante en la acción que se desplace a la ciudad o ciudades de celebración de la acción desde alguna ciudad de España. En el caso de las participaciones en eventos, se amiten gastos de viaje de dos personas por pyme participante y/o organismo. (Por motivos empresariales se admitirá que se emprenda el viaje o se retorne de otro país distinto de España; en ese caso sólo se subvencionará el alojamiento del país en el que se celebra la acción). Sólo son subvencionables gastos de viaxe correspondentes a avión, tren y/o autobús, tasas de visado y seguro de viaje. Unicamente se admitirán los gastos viaje de personal del organismos o de la pyme participante, entendiendo por tal cualquier trabajador del organismo o de la pyme contratado por cuenta ajena, accionista, propietario, administrador o representante legal, o personal contratado de otro modo para labores de internacionalización de la empresa. Estas condiciones se acreditarán mediante declaración en el formulario electrónico de solicitud. Estos gastos están limitados cuantitativamente. En caso de que una misma acción implique desplazamiento a más de un país, se tendrá en conta la distancia al primer destino, y se sumará la distancia desde este, a las ciudades destino de los otros países (1 ciudad por país). GASTOS DE ALOJAMIENTO (en régimen de alojamiento y desayuno) de una persona del organismo intermedio y/o de cada pyme participante en la acción que se desplace. En el caso de las participaciones en eventos se admiten gastos de alojamiento de dos personas por pyme y/o organismo participante en el evento. Sólo se subvencionarán 5 pernoctas por persoa y acción (con limitaciones). En caso de acción en más de un país se añadirá un máximo de 3 pernoctas más subvencionadas por país con un máximo total de 12 pernoctas.
  2. Para misiones inversas: Se tendrán en cuenta los gastos de viaje a Galicia de cada persona participante en la misión (máximo 20 personas por país y acción). Son subvencionables los gastos de viaje correspondientes a avión, tren y/o autobús, tasas de visado y seguro de viaje. Se subvencionarán también, en este caso, los gastos de alojamento en Galicia (en régimen de alojamiento y desayuno). Sólo se subvencionarán un máximo de 5 pernoctas por persona (con limitaciones). Gastos de desplazamientos en Galicia mediante servicio contratado: autobús, minibús, taxi o vehículo con conductor.
  3. Para misiones directas, participacións en eventos y misiones inversas: Alquiler de salas, espacios y servicios relacionados con el alquiler; alquiler de stand; construcción, montaje y desplazamiento de stand; decoración de stand; alquiler de mobiliario; contratación de personal de apoyo como intérpretes, modelos o azafatas; envío de material promocional y muestras con su seguro correspondiente; gastos de publicidad inherentes a la acción promocional, servicios de organización de eventos y cuotas de inscripción en los eventos promocionales. Gastos de asistencia externa en destino para la detección de oportunidades, la realización de agendas, seguimiento de contactos iniciales y/o desarrollo de clientes en el extranjero.
  4. Para campañas de publicidad: Gastos de compra de espacios publicitarios e inserción en los medios de comunicación.
  5. Para material promocional: Gastos de asistencia externa en origen o en destino para el diseño, elaboración, edición, montaje, producción, traducción e impresión del material promocional.
  6. Para e-commerce: Gastos de asistencia externa para diseño, creación y/o alojamiento de aplicación soporte de comercio electrónico. No serán subvencionables los gastos de mantemento ni de posicionamento; ni para organismos que ya obtuviesen ayuda para este concepto de gasto en convocatorias anteriores. Tampoco serán subvencionables estos gastos en el caso de que ya se dispusiese de una aplicación de este tipo antes de la solicitude de ayuda o  si no se justifica la operatividade de esta aplicación dentro del plazo de ejecución de la ayuda.
  7. Para inteligencia competitiva: Cuotas de bases de datos de inteligencia competitiva internacional sectorial.
  8. Para gestión de tramitación de acuerdos de joint-ventures, contratos, certificaciones, homologaciones y registros de marca y patentes para el extranjero, y para gestión de licitaciones internacionales: Asistencia jurídica, técnica y servicios para traducción de documentación.
  9. Para acciones cooperativas en destino para implantación promocional o prospección de mercados: Gastos de alquiler de locales durante el período de ejecución establecido en la resolución de concesión.

Cuantía de las ayudas

La intensidad de la ayuda será del 80 % de la subvención sobre los gastos subvencionables con el límite máximo de subvención de 176.000 € por beneficiario y convocatoria.