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Ayudas destinadas a fomentar la contratación de personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social – TR341U.

Por 11 agosto 2018marzo 6th, 2020Sin Comentarios

Título

Ayudas destinadas a fomentar la contratación de personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social – TR341U.

Descripción

Estas ayudas tienen como objetivo incentivar la contratación de trabajadores/as con discapacidad o en situación o riesgos de exclusión social con la finalidad de fomentar y favorecer su integración laboral.


Resumen

Plazo de solicitude

 
Hasta el 15/10/2018. Atendiendo a las siguientes particularidades:
 
 – Las contrataciones que se hayan realizado entre el 01/10/2017 y 10/08/2018 tendrán un plazo máximo de solicitud hasta el 09/09/2018.
 – Las contrataciones realizadas desde el 11/08/2018 tendrán un plazo máximo de un mes desde la contratación.

Beneficiarios

 
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los empleadores y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes, que contraten a trabajadores con discapacidad para prestar servicios en centros situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Requisitos principiais do Proxeto
 
– Se tiene que incrementar el empleo neto de la empresa en el ámbito territorial de Galicia, respecto de los 3 meses anteriores al mes de la contratación.
– Mantener en el cuadro de personal a la persona contratada durante un período mínimo de 6 meses contado desde la fecha de la contratación.
– Una vez finalizado el período de 6 meses desde la realización de la contratación, la entidad beneficiaria está obligada a presentar, en los 3 meses siguientes, las nóminas correspondientes a los 6 primeros meses de la contratación.
– La acción formativa tendrá lugar dentro de los 3 primeros meses desde el inicio del contrato y dentro de la jornada laboral establecida en el contrato. (BONO FORMACIÓN)
– La acción formativa deberá tener una duración mínima de 25 horas de formación teórica en contenidos relacionados con el puesto de trabajo a la cual asistirá íntegramente la persona trabajadora que participa en este programa.(BONO FORMACIÓN)
– Quedará excluida de este bono de formación aquella formación que suponga el cumplimiento de las obligaciones legales de la empresa en materia preventiva. (BONO FORMACIÓN)
 
Investimentos e gastos subvencionables
 
Hay dos tipos de ayudas:
 
1. BONO CONTRATACIÓN; por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación por cuenta ajena con una duración inicial mínima de 6 meses y jornada a tiempo parcial, realizadas con personas desempleadas con discapacidad o en situación de riesgo o exclusión social, que se formalicen desde el 01/10/2017 hasta el 15/11/2018.
2. BONO FORMACIÓN (opcional); dirigigo a las personas contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejores sus conocimientos y habilidades relacionadas con el puesto de trabajo.

Contía das axudas

  1. BONO CONTRATACIÓN: Las cuantías de las ayudas serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo en función de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo de aplicación o, en caso de no tener, en función de la jornada ordinaria máxima legal, tomando como referencia para el cálculo de la ayuda la cuantía correspondiente al 50% de la jornada, que será de 2.000€. Esta cuantía se incrementará un 25% si la persona contratada es una mujer, si el centro de trabajo está en un ayuntamiento rural, si la persona contratada es mayor de 45 años o si la persona contratada es un emigrante retornado. Los incentivos establecidos no podrán superar el 80% del coste salarial total de una anualidad del contrato que se subvenciona.
  2. BONO FORMACIÓN: Un máximo de 1.000€.