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Bonos Innovación 2024 (IN848F)

Por 23 enero 2024febrero 2nd, 2024Sin Comentarios

Título

Bonos Innovación 2024 (IN848F)

Descripción

Se convocan las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas gallegas (pymes) mediante bonos de innovación.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 23/01/2024 hasta 22/02/2024

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que solicitan la ayuda.

Requisitos principales del Proyecto

Se habrán de ejecutar los gastos de los servicios externos desde la fecha de presentación de solicitud de ayuda hasta el 15 de octubre de 2024.
Solamente se financiarán las actividades desarrolladas en la Comunidad Autónoma Gallega.
Para la línea 1, el presupuesto subvencionable irá desde los 15.000€ hasta un máximo de 50.000€.

 

Inversiones y gastos subvencionables

Liña 1. Bonos para servicios de apoyo a la innovación:

I. Costes de la protección del conocimiento de la innovación industrial en las empresas, referidos a los activos intangibles de la empresa, incluyendo: la gestión de la tramitación de nuevas patentes, modelos de utilidad y los derechos de propiedad intelectual tanto en España como internacionalmente, excluyéndose el mantenimiento o ampliación de las existentes.

II. Costes de mejora en la gestión de la innovación y vigilancia tecnológica, incluyendo entre estos:

1. Implantación de sistemas de gestión y organización de la innovación, en los que se incluyen: certificaciones de la especificación EA0047, Requisitos para la consideración como pequeña o mediana empresa innovadora, EA0043, Requisitos de la joven empresa innovadora», y las incluidas en la serie de normas UNE 166.002, dedicadas a apoyar la optimización de la Gestión de la I+D+i, y otras certificaciones específicas para el desarrollo de la investigación e innovación industrial, bajo la consideración discrecional de la Agencia Gallega de Innovación.

2. Estudios de vigilancia tecnológica y estado del arte, para dotarse de información de la ciencia y tecnología que permitan identificar oportunidades y tomar decisiones para actuaciones de I+D+i.

III. Costes de las acciones estratégicas para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios, incluyendo:

1. Estudios de viabilidad tecnológica e industrial encaminados al desarrollo de nuevos productos o servicios, el análisis de la mejora o creación de nuevos procesos productivos. Incluyendo, entre otros, bancos de datos y bibliotecas, verificaciones de parámetros, estudios de escalabilidad industrial, durabilidad, fiabilidad, etc.

2. Diseño de productos y servicios, incluyendo la concepción y desarrollo de nuevos productos o servicios, incluidas experiencia, que se perciban en el mercado como nuevos o, en el caso de rediseño de los ya existentes, que se aprecie una mejora sustancial. En el caso de desarrollo de productos abarcará desde el análisis y conceptualización hasta la definición técnica de los diferentes componentes, sistemas y mecanismos, modelado 3D y generación de planos para producción, pero no se incluye la fabricación de prototipos. Podrá incluir aspectos de ámbito estético y técnico, así como aspectos relacionados con la sostenibilidad para contribuir a la transición ecológica. Las entidades prestadoras de estos servicios podrán pertenecer al mapa de proveedores de diseño: https://mapadesenogalego.gal/gl

3. Acciones para llevar a mercado o implantar los resultados de la actividad de I+D+i tales como: estudios de mercado, ensayos, validaciones y testeo de productos o servicios.

En lo relativo a los nuevos procesos o servicios basados en tecnologías digitales, únicamente se admitirán aquellas soluciones innovadoras basadas en: (i) interconexión del mundo físico y virtual a través de realidad aumentada, la impresión 3D, la automatización avanzada y robótica, así como internet de las cosas o sistemas inteligentes embebidos; (ii) sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático y toma de decisiones autónomas a través del tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, big data y similares), y (iii) ciberseguridad. En cualquier caso, la empresa deberá exponer en la memoria los elementos innovadores de dichos procesos y servicios que pondrá en marcha basados en estas tecnologías facilitadoras, y no son subvencionables actuaciones de mera implantación.

No serán subvencionables los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, que no supongan una actividad de innovación.

Línea 2, bonos para la gestión de la financiación de la innovación. Se establecen dos tipologías diferentes:

a) Tipo A. Contratación de servicios de consultoría para la tramitación de bonificaciones de la Seguridad Social de personal investigador y de incentivos fiscales a la I+D+i a través de la obtención de la cualificación fiscal  via informe motivado vinulante correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Con un límite de la ayuda de hasta 5.000,00 €.

b) Tipo B. Contratación de servicios de consultoría o asesoramiento para la tramitación de nuevas solicitudes de propuestas de I+D+i en convocatorias de ayudas estatales. Con un límite de la ayuda de hasta 5.000,00 €.

Cuantía de las ayudas

Hasta el 70% de los gastos subvencionables (en la línea 1, la intensidad máxima de ayuda será del 50% para los costes de protección del conocimiento).

Para la línea 2, la ayuda máxima será de 5.000€.