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Subvenciones a proyectos tractores para el turismo en el entorno del Camino de Santiago (TU503H)

Por 18 noviembre 2023noviembre 20th, 2023Sin Comentarios

Título

Subvenciones a proyectos tractores para el turismo en el entorno del Camino de Santiago (TU503H)

Descripción

Se convocan por orden de entrada ayudas para la puesta en marcha de proyectos tractores que tengan un efecto transformador en el sector turístico gallego y la puesta en valor de elementos patrimoniales singulares de Galicia, con los objetivos de ampliar la oferta de alojamiento y de restauración y promover un turismo sostenible en el entorno del Camino de Santiago en la Comunidad Autónoma de Galicia.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 18/11/2023 hasta 18/03/2024

Beneficiarios

Pequeñas y medianas empresas (en adelante, pymes) y grandes empresas que proyecten llevar a cabo una inversión para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerado subvencionable al amparo de lo regulado en las presentes bases. A estos efectos, las entidades solicitantes deberán acreditar la categoría de la empresa de que se trate, pequeña, mediana o grande, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.
 
No podrán obtener la condición de beneficiarias:
a) Las empresas en las cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 
b) Las empresas que se encuentren en situación de crisis.
c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les fuese otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le viniesen atribuidas en la concesión.
d) En el caso de que la subvención supere los 30.000 euros y la entidad solicitante esté incluida en el ámbito de aplicación subjetivo de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, y cumpla los requisitos establecidos en el artículo 258 del Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de sociedades de capital a los efectos de presentación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la mencionada ley.
e) Aquellas entidades que fuesen sancionadas con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia de turismo por la Agencia de Turismo de Galicia en los últimos 2 años.

Requisitos principales del Proyecto

Será requisito de la actuación subvencionable que el proyecto presentado tenga como finalidad la creación de un nuevo establecimiento de alojamiento turístico o restauración, de acuerdo con alguna de las siguientes tipologías:
– Establecimientos hoteleros.
– Apartamentos.
– Viviendas turísticas.
– Establecimientos de turismo rural.
– Albergues turísticos.
– Establecimientos de restauración (restaurantes, cafeterías, bares).
Los proyecto no pueden estar iniciados en el momento de la solicitud.
Los proyectos presentados deberán ascender a un mínimo de 300.000 euros de inversión para el conjunto de las tres líneas de subvencionabilidad.
Los proyectos deberán contribuir a la creación de oferta de alojamiento o de restauración que se justificará con el alta en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) antes de la finalización del período de justificación. La Agencia de Turismo comprobará el cumplimiento de este requisito al finalizar el período de justificación.
Los proyectos deberán situarse en el entorno del Camino de Santiago, por lo que solamente se admitirán proyectos situados en aquellos municipios donde transcurra el trazado del Camino de Santiago.
El proyecto de establecimiento turístico deberá contar con informe previo favorable de la Agencia de Turismo en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda, de conformidad con la normativa turística de aplicación.
Los proyectos deberán desarrollarse en infraestructuras emblemáticas, históricas, de interés paisajístico o bienes de interés cultural:
El período de ejecución de las inversiones subvencionables se denomina plazo de ejecución del proyecto. Para los proyectos tractores de competitividad y sostenibilidad turística el plazo de ejecución abarcará desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 31 de octubre de 2025.
 

Inversiones y gastos subvencionables

a) Línea 1: rehabilitación sostenible de edificios y adaptación de infraestructuras emblemáticas para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico.

– Reforma y rehabilitación sostenible de edificaciones, entendida como aquella que es respetuosa con el entorno y está adaptada a sus condiciones, ahorrando recursos mediante el empleo de materiales de bajo impacto ambiental (procedentes de fuentes no contaminantes, materiales naturales, reciclados, reciclables y reutilizables) y aumente la vida útil del edificio.

– Incluirá el equipamiento necesario para la puesta en marcha del alojamiento turístico, siempre y cuando se utilicen materiales de bajo impacto ambiental en los términos del apartado anterior. En el caso de electrodomésticos necesarios para el funcionamiento, únicamente serán subvencionables aquellos de menor consumo y mayor eficiencia energética que puedan acreditar una clasificación energética A. No serán subvencionables el menaje de las habitaciones y baños, el menaje de cocina y comedor, ni la adquisición de bienes de embellecimiento y decoración de estancias.

b) Línea 2: medidas de eficiencia energética en edificios emblemáticos para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico.

– Obras para la mejora de la envolvente térmica del edificio: carpinterías, fachada, tejado.

– Luminarias, lámparas y equipo: instalación o sustitución del conjunto por otro con luminarias de mayor rendimiento, lámparas de mayor eficiencia y reactancias electrónicas regulables y que permitan reducir la potencia instalada en iluminación, cumpliendo con los requerimientos de calidad y confort visual reglamentados.

– Instalación de equipamientos para la producción de energía renovable (energía solar térmica, biomasa, aerotermia, geotermia y energía fotovoltaica).

c) Línea 3: mejora de la accesibilidad de edificios emblemáticos para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico.

– Gastos de obra y reforma que favorezcan la accesibilidad de los ciudadanos al establecimiento.

– Instalaciones y bienes de equipamiento precisos que faciliten la accesibilidad y movilidad en la edificación. El equipamiento adquirido deberá cumplir las exigencias establecidas en la normativa de la aplicación, la Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad, y las normas técnicas de la UE de accesibilidad universal.

Se consideran subvencionables los gastos de elaboración del proyecto, por un importe del 3 % de la inversión hasta un máximo de 10.000 euros.

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar la inversión subvencionable del proyecto por las intensidades de ayuda previstas para cada tipología proyecto.

Los proyectos tractores de competitividad y sostenibilidad turística podrán optar a las siguientes cuantías por categoría de empresa:

– 35 %, en el caso de las pequeñas empresas.

– 25 %, en el caso de las medianas empresas.

– 15 %, en el caso de grandes empresas.

Los proyectos tractores dinamizadores del turismo cultural podrán optar a una ayuda máxima de un 80 % de los costes subvencionables hasta el límite máximo de 2.200.000 euros por proyecto.