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Subvenciones para equipamientos post covid establecimientos hosteleros 2021 (TU503E)

By 7 octubre 2021enero 4th, 2022No Comments

Título

Subvenciones para equipamientos post Covid establecimientos hosteleros 2021 (TU503E)

Descripción

Subvenciones a los establecimientos hosteleros para inversiones en equipamientos post Covid para potenciar Galicia como destino turístico. Contribuyendo a la modernización y a la mejora de la competitividad.


Resumen

Plazo de solicitud
Desde 07/10/2021 hasta 08/11/2021

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas del sector de la hostelería que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda, que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
A los efectos de estas ayudas se consideran dentro del sector de la hostelería los hoteles, hostales, casas rurales, albergues turísticos y otros tipos de alojamientos, además de restaurantes, bares y otros establecimientos de restauración.
Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).

Requisitos principales del Proyecto
Se considerarán actuaciones subvencionables todas aquéllas que se desarrollen entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2021. En ningún caso se admitirán ni facturas ni justificantes de pago anteriores a dicha fecha.
No se subvencionará la adquisición de bienes de segunda mano.
Inversiones y gastos subvencionables
• Sistemas domóticos, control de distancias, optimización de procesos, puertas y consignas automáticas, controles de acceso, renovación de aire, sistemas de climatización y softwares de control asociados.
• Sistemas de chekin-in automáticos.
• Cartelera, rotulación, señalización y actuaciones vinculadas con la misma.
• Equipamiento, directo o indirecto, que pueda servir de apoyo o difusión en el control de la pandemia (medidores de CO2, ionizadores, dispensadores, etc.).
• Reformas orientadas a la creación de espacios que sugieran mayor amplitud (colores claros, incorporación de espejos, etc.).
• Envoltorios y material de un solo uso. El total de gastos destinados a este concepto no podrá superar el 10 % de los gastos totales subvencionables.
• Procesos de desinfección y desinfección recurrente realizados por empresas externas con motivo de la COVID, que no tengan la consideración de gastos de limpieza común.
• Nuevo equipamiento de higienizado y lavado.
• Nuevo equipamiento para nuevos productos, presentaciones o métodos de conservación.
• Equipamiento multiservicio.

Cuantía de las ayudas
El importe máximo de subvención será del 90 % de la inversión, con un máximo de 50.000 euros por beneficiario.

Álvarez Real
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