Si has sufrido cualquier tipo de accidente o has recibido una asistencia sanitaria negligente puedes reclamar en el plazo de un año desde la fecha de alta médica.

 

Debes saber que:

 

Si el accidente no ha sido culpa tuya, tienes derecho a una indemnización por todos los perjuicios causados: daños materiales, físicos y cualesquiera otros.

 

Si ha sido culpa tuya podrías tener derecho a una indemnización por secuelas con cargo al seguro complementario de accidentes.

 

Los ocupantes, salvo casos excepcionales, siempre tienen derecho a indemnización.

Toma nota de nuestros consejos básicos en caso de accidente de tráfico:

 

1º. Llama siempre a la Policía para acreditar cómo fue el accidente. El parte amistoso muchas veces es insuficiente. Consigue pruebas: haz fotos y toma datos personales de testigos.

 

2º. Acudir, con independencia de la levedad del accidente a un centro médico, inmediatamente, ante el más mínimo síntoma de dolor, incluso, si existen dudas o no hay molestias. No se presumen como derivadas del accidente las lesiones que no sean diagnosticadas médicamente en el plazo de 72 horas.

 

La sintomatología puede ser inmediata pero, también, manifestarse en las horas, días, semanas e incluso meses posteriores al accidente.

 

La aseguradora alegará que las lesiones son previas, degenerativas o que no derivan del accidente.

 

3º.- Los informes médicos de Urgencias no suelen recoger toda la sintomatología. Revísalo y exige que se haga constar cualquier mínimo síntoma o dolor. Presta especial atención a las lesiones más frecuentes: zona cervical y lumbar.

 

4º. Consulta con un abogado especialista, no vinculado con la aseguradora, lo más pronto posible. Las aseguradoras suelen imponer a sus abogados instrucciones que podrían ser perjudiciales para los intereses del accidentado.

 

5º. No permitas que te examine el médico de la aseguradora sin consultarlo previamente con tu abogado. Aunque lo afirmen las aseguradoras, no existe obligación legal de someterte a un seguimiento por los médicos de la entidad aseguradora -Auto Audiencia Provincial Coruña Secc. 3ª recurso apelación 198/2018-. Tienes plena libertad para elegir centro médico y abogado.

 

6º.- Indemnización: La aseguradora está obligada a abonarla en el plazo de tres meses desde que se reciba el alta médica y previa reclamación.

 

Tendrás derecho a una indemnización por:

    • Los días que sigas tratamiento médico y hasta estabilización de las lesiones -se fijan para el año 2019 indemnizaciones diarias entre 31,05 € y 103,48 € -.
    • Por las secuelas.
    • Por la pérdida de calidad de vida.
    • Por los gastos médicos, de asistencia domiciliaria, kilometraje y cualesquiera otros perjuicios que haya provocado el accidente.

 

7º. Honorarios del abogado que tú elijas: Pueden estar cubiertos de forma total o parcial por un seguro de defensa jurídica. El seguro de defensa jurídica se suele incluir en la póliza de R.C. del automóvil.

 

Normalmente garantiza la asistencia jurídica al conductor pero pueden estar, también incluidos los ocupantes. Además, esta garantía la suelen incluir otras pólizas como la del seguro de hogar. Revisa la cobertura de tus pólizas.

 

Te ofrecemos nuestra primera consulta gratuita. Llama sin compromiso y pide cita previa.


Cándido Álvarez Flores

Abogado. Socio director de Alvarez  & Alvarez Abogados