Modelo 347: Ya hay que presentar las declaraciones de operaciones con terceros: te contamos cómo hacerlo fácil

Entre el 1 de enero y el 2 de marzo  este año se amplía porque el último día hábil es sábado- hay que presentar en la Agencia Tributaria el modelo 347, la declaración de aquellas operaciones con terceras personas, clientes y proveedores, que hayan superado los 3.005,06 euros.

El modelo tiene carácter anual y, aunque según algunos expertos este método tiene los días contados -ya que Hacienda dispone en la actualidad de otros medios para recabar la información que necesita- este año, la situación no ha cambiado respecto al ejercicio anterior.

Así, el modelo 347 afecta a las operaciones realizadas durante el año anterior (en este caso 2019) y como es necesario informar de los datos de forma trimestral, en Alvarez Real te contamos qué puedes hacer para no convertir este trámite en un quebradero de cabeza.

    1. Hay que consignar los ingresos y gastos trimestralmente y para eso en necesario contabilizar trimestralmente los ingresos y gastos para poder ahorrarte ahora el atracón de contabilizarlo todo.
    2. Es importante comprobar que los importes que se vayan a declarar coincidan con las que también vayan a declarar nuestros proveedores o clientes.
    3. Debes indicar el importe percibido en metálico del cliente en cuestión si estos cobros superan los 6.000,00 euros y para eso es fundamental llevar un control a lo largo de todo el año confeccionando el libro de ventas e ingresos y el de compras y gastos.

 

¿Qué operaciones hay que incluir?

Aquellas que superen los 3.005,06 euros durante el ejercicio anterior como, por ejemplo, adquisiciones de bienes, operaciones habituales o no habituales; subvenciones y ayudas no reembolsables, operaciones inmobiliarias y de entidades aseguradoras o anticipos a clientes y proveedores.

 

Sanciones

Todos los datos que se exigen en los registros del modelo 347 tiene que estar cumplimentados de forma correcta en el programa contable, porque si no se hace así, al intentar exporta el fichero, la declaración presentará errores. Las multas por cumplimentaciones erróneas oscilan entre 300 y 20.000 euros.

 Si necesitas más información o realizar los trámites ante Hacienda solo tienes que ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.

Verónica Leal Díaz
Economistas
27/02/2020