• Los autónomos estrenan sistema de cotización
  • Las rentas inferiores a 15.000 euros estarán exentas de hacer la declaración de la Renta 
  • Se elimina el IVA del pan, los huevos, la leche o las hortalizas

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MEI, el impuesto que se aplica desde enero

El 2023 llega con un nuevo impuesto bajo el brazo. A partir del mes de enero a todas las personas dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social se les aplicará en su salario el denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional de las Pensiones (MEI), un tributo de nueva creación impulsado por el Gobierno con el propósito de repartir el coste de las pensiones entre toda la población trabajadora. Se aplica, indican desde el Ejecutivo, para compensar el incremento del gasto en pensiones el próximo año y para llenar la hucha destinada a las pensiones.

¿Cómo afectará a tu bolsillo?

En la práctica, el MEI impone una cotización adicional del 0,6%, es decir, las cotizaciones sociales que desembolsa cada trabajador (independientemente de su nivel salarial) se incrementarán en un 0,6% desde 2023. De dicho porcentaje, el 0,5% le corresponde al empresario y el 0,1% restante a la persona trabajadora, o lo que es lo mismo, las cotizaciones sociales que desembolsa cada trabajador (independientemente de su nivel salarial) se incrementarán en un 0,6%. En un salario bruto de 2.000 euros supondrían unos 12 euros al mes.

¿Y los autónomos?

Para las personas trabajadoras por cuenta propia el nuevo mecanismo supondrá un esfuerzo contributivo de 5 euros más al mes, según las estimaciones realizadas por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). 

¿Hasta cuándo estará en vigor?

En principio, hasta el año 2032 y con su recaudación las arcas del Estado prevén recaudar 22.000 millones de euros.

Nuevo sistema de cotización para autónomos

El nuevo sistema de cotización de los autónomos entra en vigor y este colectivo cotizará en función de los rendimientos netos de la actividad que desarrollen.

Se produce una modificación progresiva de las bases y tipos de cotización e incluye cambios importantes:

  • Las personas con menos ingresos pasarán a pagar una cuota de 230 euros al mes y quienes superen los 6.000 euros abonarán 500 euros, cuando hasta ahora, con independencia de los ingresos y gastos, existe la posibilidad de abonar el mínimo establecido (293,94 euros mensuales).

El futuro sistema de cotización por ingresos reales contempla hasta 15 tramos distintos en función de los rendimientos netos -la diferencia entre los ingresos y los gastos deducibles- y su implantación se realizará de forma progresiva hasta 2025. Después de ese año las tablas se irán revisando cada tres años hasta 2032, fecha en la que los autónomos cotizarán como los asalariados, o lo que es lo mismo, según sus ingresos laborales.

Supresión temporal del IVA de los alimentos básicos

Se suprime el IVA de los alimentos considerados básicos como el pan, la leche, las hortalizas, los huevos o las frutas, a los que se aplicaba el 4%. La medida será efectiva a partir del 1 de enero de 2023 y de carácter temporal, durante seis meses, aunque siempre en función de la evolución de la inflación subyacente, que es el incremento que sufren los precios de los productos, bienes y servicios a corto y medio plazo.

El IVA de otros alimentos pasa, también de forma temporal, del 10 al 5% como el aceite de oliva y girasol y la pasta. 

Los productos de higiene mínima bajan del 10 al 4% de IVA.

Grandes fortunas

Afectará a los patrimonios netos superiores a tres millones de euros. Para evitar la doble imposición, los sujetos pasivos del Impuesto de solidaridad solo tributarán por la parte de su patrimonio que no haya sido gravado por su comunidad autónoma.

El tipo del impuesto será del 1,7% para los patrimonios entre tres y cinco millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre cinco millones y 10 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10 millones de euros. Se trata de un impuesto estatal de carácter temporal para los años 2023 y 2024, aseguró la ministra de Hacienda, aunque se incluirá una cláusula de revisión para evaluar al término de su vigencia si es necesario mantenerlo o suprimirlo. 

El potencial de contribuyentes afectados se sitúa en 23.000 contribuyentes, el 0,1% del total y el impacto recaudatorio potencial alcanza los 1.500 millones.

Rebaja del IRPF para ingresos inferiores a 21.000 euros

  • El IRPF sube un punto, hasta el 27%, el gravamen para rentas del capital entre 200.000 y 300.000 euros. 
  • Se eleva hasta el 28% el gravamen para rentas del capital superiores a 300.000 euros. Esta medida afectará a 17.814 contribuyentes y tendrá un impacto superior a los 200 millones.
  • El Gobierno ampliará la actual reducción por rendimientos del trabajo. En la actualidad, este beneficio fiscal se aplica a rentas brutas de hasta 18.000 euros. 
  • Los contribuyentes que reciben rentas de más de un pagador no estarán obligados a declarar si la suma de sus rendimientos no supera los 15.000 euros, a diferencia de los 14.000 euros anteriores.
  • En 2023 se ampliará y elevará la reducción hasta alcanzar contribuyentes con un salario bruto del trabajo de 21.000 euros. Esta medida, indica el Gobierno, “no implica una deflactación de la tarifa ni supone modificar tramos y tipos impositivos” y supone aplicar una rebaja para el 50% de trabajadores, que lograrán un ahorro de 1.881 millones de euros.
  • Una consecuencia de la ampliación de la reducción por rendimientos del trabajo es que el mínimo de tributación para un contribuyente soltero y sin hijos sube de 14.000 euros a 15.000 euros. Así, un trabajador que hoy gana el Salario Mínimo Interprofesional, fijado en 14.000 euros, no tributará por IRPF. También supone que un trabajador que hoy gana 14.500 euros y tributa por IRPF dejará de pagar el impuesto.
  • En el caso de un asalariado con dos hijos que presenta la declaración conjuntos, el mínimo de tributación aumenta de 18.000 euros a 19.000 euros por el incremento de la reducción de los rendimientos del trabajo.

PYMES: el impuesto de sociedades baja dos puntos

Se rebajará el tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades del 25% al 23% para las pymes con una facturación de hasta un millón de euros. 

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